En audiencia, definirá juez si concede o no procedimiento abreviado contra sujeto por feminicidio 

En caso de su autorización, el imputado aceptaría la responsabilidad del delito que representó el primer feminicidio del 2021

Este miércoles, la juez Silvia Catalina Ortiz decidió diferir la audiencia intermedia de Carlos Alejandro «N», acusado de feminicidio de Olga «N», a quien en enero del 2021 presumiblemente arrojó de un vehículo en movimiento sobre el bulevar Idelfonso Villarelo Vélez de Saltillo, lo que ocasionó su muerte.

Lo anterior, luego de que la defensa del sujeto presentó la propuesta de concluir el proceso, identificado bajo la causa penal 2/2021, por medio de un procedimiento abreviado en el que Carlos Alejandro aceptaría ser el responsable del delito para disminuir su sentencia.

Dicha propuesta fue avalada por los agentes del Ministerio Público responsables del caso, por lo que solicitaron a la juzgadora considerar la autorización de esta etapa. Sin embargo, será hasta el próximo 25 de abril, a las 11:00 de la mañana, que la juez decidirá si el caso finalizará por medio de dicho procedimiento o, por el contrario, si dicta apertura de juicio oral para definir su culpabilidad o inocencia.

 

LOS HECHOS

De acuerdo con datos de investigación, el 2 de enero del 2021 Carlos Alejandro arrojó de un vehículo en movimiento a la fémina sobre la citada vía, quien posteriormente fue internada en un hospital de la ciudad capital.

La carpeta para las indagatorias sobre este caso contempló inicialmente el delito de feminicidio en grado de tentativa, pero días después, a causa de las lesiones que sufrió durante su caída, Olga falleció; esto derivó en que el delito se reclasificara al de feminicidio, siendo éste el primero del 2021.

Trascendió que el presunto feminicida, quien permanece en prisión preventiva dentro del Centro Penitenciario Varonil de Saltillo desde su vinculación a proceso el 4 de enero del 2021, mantenía una relación sentimental con la fallecida al momento de los hechos. (OMAR SOTO / EL HERALDO)