
El Consejo Directivo de Jurisprudencia de la UAdeC considera que el docente acusado de conducta indebida no será sancionado, debido a que los hechos señalados no se realizaron en el desempeño de sus funciones universitarias.
El Consejo Directivo de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Autónoma de Coahuila resolvió no imponer sanción administrativa alguna al docente Óscar Aarón Nájera Davis, luego de analizar una queja presentada en su contra por José Ramón Oceguera Rodríguez.
De acuerdo con la resolución emitida el 25 de junio de 2026, dentro del expediente CD/FJ/02/2026, la inconformidad señalaba que el docente habría participado en tres eventos sociales estudiantiles —“La Noche del Búho”, un “after” y el “Juevecito de Juris”— en los que presuntamente repartió, patrocinó e ingirió bebidas alcohólicas en exceso, además de realizar actos de proselitismo político con miras a la Dirección de la Facultad.
Sin embargo, al analizar el caso, el Consejo Directivo determinó que la conducta atribuida al docente no encuadraba en la hipótesis prevista en el Reglamento de Ética y Conducta de la UAdeC, debido a que los hechos señalados no se realizaron en el desempeño de sus funciones universitarias.
El órgano colegiado consideró que los eventos referidos fueron actos sociales y extracurriculares, celebrados fuera del horario laboral y sin relación directa con actividades académicas o administrativas del docente.
Durante el desahogo del procedimiento, la contraparte negó haber incurrido en exceso en la ingesta de alcohol, realizar proselitismo o haber asistido al “after”. Además, argumentó que los estudiantes con quienes convivió eran mayores de edad y que ellos mismos llevaron sus bebidas alcohólicas.
La resolución también señala que, de los diez testimonios rendidos ante el Consejo, se desprendió de manera unánime que no se observaron conductas inapropiadas, indecorosas ni excesos en la ingesta de alcohol por parte del docente. Asimismo, se estableció que no se acreditó daño, lesión o agravio en contra de los asistentes a los eventos denominados “La Noche del Búho” y “Juevecito de Juris”.
El Consejo Directivo resolvió por unanimidad declarar que la conducta atribuida a Nájera Davis no encuadra en ninguna disposición del Reglamento de Ética y Conducta, por lo que no había lugar a imponer medida cautelar ni sanción administrativa alguna.
Asimismo, se declaró precluido el derecho del quejoso y de dos testigos de cargo que no comparecieron a la sesión correspondiente, así como el de un testigo de descargo que tampoco asistió.
Finalmente, el Consejo ordenó archivar el expediente como asunto total y definitivamente concluido, aunque informó a las partes que, en caso de inconformidad, podrán hacer valer los medios de defensa que contemple la normativa universitaria aplicable. (El Heraldo de Saltillo)




