Inconstitucional, veto de AMLO a cigarros electrónicos.-SCJN

(Agencia Reforma)

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional el decreto del Presidente Andrés Manuel López Obrador de mayo de 2022, que prohibió absolutamente la circulación y venta de cigarros electrónicos en el País.

Por tres votos contra dos, la Segunda Sala aprobó hoy un proyecto del Ministro Javier Laynez y concedió el primer amparo contra este decreto, que jueces federales han suspendido en favor de productoras, distribuidoras y vendedoras de dispositivos como los vapeadores y calentadores de tabaco.

La Ministra Loretta Ortiz, ahora adscrita a la Primera Sala, regresó a la Segunda Sala para romper un empate y emitió el voto decisivo en favor del proyecto.

El amparo sólo beneficia directamente a La Cabrería Grill, un restaurante de Cuernavaca, pero es previsible que los tribunales de todo el País que llevan litigios contra este decreto eventualmente protegerán a las empresas y personas que lo han impugnado.

La sentencia indica que la prohibición absoluta, si bien tiene fines válidos de protección a la salud, no es una medida necesaria, pues la venta de cigarros electrónicos se puede regular de la misma forma que se hace con el tabaco.

«Desde el ámbito internacional existe una encomienda para que los estados, desde una lógica de Gobierno abierto y transparencia, emitan regulaciones que permitan generar una cultura de consumo responsable de los productos prohibidos por el decreto», explica el fallo, en alusión a recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para restringirlos como se hace con los cigarros tradicionales.

La Sala retomó la jurisprudencia que el Pleno de la Corte fijó en octubre 2021, cuando estableció que es inconstitucional la prohibición de «productos similares al tabaco» prevista en la Ley General para el Control del Tabaco (LGCT).

En ese caso, aprobado por siete votos contra cuatro, el Pleno resolvió sobre el artículo 16 de la LGCT, que había sido el fundamento legal en sexenios previos para negar permisos a los cigarros electrónicos.

Ortiz no integraba la Corte cuando se aprobó esa jurisprudencia, mientras que otros Ministros consideraban que solo se deben permitir los calentadores de tabaco, pero no los vapeadores, que utilizan otras sustancias.

El Pleno tiene pendiente resolver una acción de inconstitucionalidad contra la reforma de junio de 2022 a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE), por la cual el Congreso reforzó el decreto del Ejecutivo y prohibió la importación de cigarros electrónicos. Anular esta ley requerirá el voto de ocho de los once Ministros.

Cabe recordar que la Corte tiene, desde hace años, jurisprudencia y criterios que obligan a la Secretaría de Salud (Ssa) a expedir permisos individuales para el consumo recreativo de un estupefaciente como la mariguana, con el argumento del «libre desarrollo de la personalidad».

Varios Ministros y Ministras recordaron este tema cuando se discutió la LGCT en 2021, y enfatizaron la contradicción en que incurriría la Corte al permitir la mariguana, pero rechazar los cigarros electrónicos. (AGENCIA REFORMA