La SCJN resuelve que las obras creadas con IA no generan derechos de autor

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Ciudad de México.- En México, el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) ha dado a conocer su postura sobre las creaciones artísticas hechas con inteligencia artificial, según el último fallo de la Suprema Corte.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las obras creadas por inteligencia artificial no pueden registrarse como derechos de autor en México, informó el Indautor.

La decisión se dio a partir de un amparo directo promovido por un particular que buscaba inscribir una obra digital en 2024, generada mediante la plataforma de IA denominada Leonardo al Instituto Nacional del Derecho de Autor el registro de la obra digital “Avatar Virtual”. El instituto negó la inscripción al considerar que la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) exige que las obras sean de creación humana. En un comunicado, la institución alegó que la originalidad es parte de la individualidad de su autor y de su personalidad.

El Instituto Nacional de Derechos de Autor comparte la decisión de la SCJN, la cual señala que, para que una obra sea registrada, ésta debe derivar de la creatividad, el intelecto, los sentimientos e, incluso, las experiencias, factores que una Inteligencia Artificial no tiene, a diferencia de una persona física.

De acuerdo con la SCJN, para negar derechos de autor a obras generadas por IA, también se tomó en cuenta otros factores como, por ejemplo, que el Convenio de Berna y el T-MEC no reconocen a dicha tecnología como autora de obras.

La Corte señaló también que “los artículos 12 y 18 de la LFDA son constitucionales, pues la limitación de la autoría a personas físicas es objetiva, razonable y compatible con los tratados internacionales”.

La protección a entes artificiales no puede analizarse bajo la premisa del derecho humano a la igualdad jurídica, puesto que ambos tienen características incompatibles.

Finalmente, el tribunal recordó que “el principio de territorialidad, en materia de propiedad intelectual, refuerza que la legislación mexicana es la que rige los registros solicitados en el país”.

La sentencia sienta un precedente en materia de inteligencia artificial en México y determina que las obras hechas con esta tecnología son de dominio público. Además, se mantiene la idea de que la protección al derecho de autor es un derecho humano vinculado a la creatividad y esta es exclusivamente humana. (El Heraldo de Saltillo)

 

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