Aumentan condenas a docente e intendente por violación de alumnos de kínder en Saltillo

Al resultar culpables de atacar sexualmente a dos estudiantes del Jardín de Niños Guadalupe Borja, Gerardo «N» acumula 23 años y medio en prisión, mientras que Servando permanecerá tras las rejas por 24 años 

A raíz de que el defensor de los imputados, agentes del Ministerio Público y asesor jurídico responsable del caso solicitaron la reclasificación del delito de abuso sexual al de violación impropia por cometerse con elemento distinto al natural, agravado por cometerse con abuso de autoridad y en centro educativo, la tarde de jueves, un Tribunal de Juicio Oral aumentó la condena de seis años y nueve meses de prisión a 13 años con seis meses para Gerardo «N» y Servando «N», quienes ultrajaron a un alumno del Jardín de Niños Guadalupe Borja en Saltillo, donde se desempeñaban como maestro de música e intendente, respectivamente.

A dicha condena se suma la del 14 de julio del 2022, cuando Gerardo fue sentenciado a 10 años de prisión, mientras que Servando a 10 años y seis meses por el abuso sexual -en 2019- de otro estudiante de la institución educativa, siendo esta la segunda vez que resultaron culpables de un delito de carácter sexual contra un educando.

Por lo anterior, Gerardo deberá purgar una sentencia de 23 años y medio de cárcel y Servando pasará 24 años tras las rejas. Para ambos, la pena podría incrementarse aún más, ya que además de estos dos casos que concluyeron en sentencia condenatoria, desde el 2019 Gerardo está vinculado a proceso por el presunto abuso sexual de otros tres estudiantes del mismo plantel, mientras que Servando está acusado de abusar sexualmente de otro menor.

Aunado a sus condenas sin ningún tipo de beneficio condicional para su reducción, el Tribunal, que se integró por la juez María Graciela Nava Ramos, como presidenta; Roberto Flores Luna, como relator e Iván Cristy Acosta Solís, como tercer integrante, ordenó que los ex colaboradores del Guadalupe Borja paguen una multa de 10 mil 983 pesos, mientras que la reparación del daño permanece en calidad ilíquida. (OMAR SOTO)