Este lunes 20 de abril, el Juez tercero de distrito en el estado con residencia en Piedras Negras, Juan Marcos Dávila Rangel, concedió la suspensión de plano y con efectos inmediato a la doctora Azalea Citlali Castro Hernández para que no la obliguen a asistir a trabajar hasta que el gobierno federal garantice que cuenta con el equipamiento y las medidas de seguridad y protección para el desempeño de su función.
La resolución del Juez señala que, con fundamento en el artículo 126 de las Ley de Amparo, se concede la suspensión de plano a Azalea Citlali Castro Hernández (quien labora en el IMSS en Ciudad Acuña) y a sus menores hijos, para el efecto de que las autoridades responsables provean las diligencias necesarias para garantizar que se cumpla con el artículo segundo, inciso i) del acuerdo de medidas preventivas del que se ha dado noticia, esto es, se le permite no presentarse a laborar si no cuenta con el equipo médico apropiado para evitar pueda contagiarse, sin que ello implique un descuento por ausencia, pues debe garantizarse que perciba el sueldo respectivo, ya que el no tomar en cuenta que sus menores hijos pertenecen a un grupo vulnerable se puede traducir en el contagio del virus SARS-CoV2 (COVID-19) e incluso en la propagación en el territorio mexicano, con lo que resultaría imposible restituir a la parte quejosa en el disfrute al derecho humano de la salud y la vida.
Esta histórica suspensión sienta un importante precedente, ya que ahora médicos de todo el país que no hayan recibido el equipamiento para garantizar su seguridad podrán tramitar un recurso similar. (EL HERALDO DE SALTILLO)
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