
Una reforma constitucional puede tener buenas intenciones y, sin embargo, producir consecuencias no imaginadas. No necesariamente porque esté mal concebida, sino porque las leyes, una vez aprobadas, comienzan a convivir con realidades mucho más complejas que las discutidas en el Congreso.
El pasado 7 de octubre se publicó una reforma a los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución mexicana, y ahí se establecen nuevos requisitos de nacionalidad para quienes aspiren a la Presidencia de la República, las gubernaturas y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
La reforma persigue proteger la soberanía nacional y evitar que quienes encabecen los poderes ejecutivos mantengan vínculos jurídicos de nacionalidad que puedan generar conflictos de lealtad frente a otros Estados. Es legítimo y –aunque polémico– está justificado, pues no es una preocupación menor. Quien gobierna un país debe tomar decisiones pensando en los intereses de su Nación, sin subordinaciones a gobiernos extranjeros.
Pero hay dos problemas. Por un lado, el debate sobre que este tipo de reformas significa una reducción de las condiciones previamente reconocidas para participar en la vida política. Por otro lado, está el del efecto cascada. El primero tiene una discusión nivelada, tanto a favor como en contra. Es el segundo, el que no se ha visibilizado.
El efecto cascada significa que el criterio adoptado pueda extenderse a otros ámbitos de la vida pública. Veamos cómo.
La nueva disposición exige que quienes tengan otra nacionalidad renuncien a ella antes de solicitar su registro como candidatos. Su aplicación electoral comenzará en 2028.
Hasta aquí, el alcance de la reforma está delimitado a determinados cargos ejecutivos. Sin embargo, las entidades federativas deberán armonizar sus constituciones y leyes electorales, y es precisamente en ese proceso donde convendría actuar con especial cuidado. ¿Por qué?
Porque México no es una realidad uniforme. Lo que puede justificarse para quien dirige las relaciones políticas de un estado o de la nación no necesariamente tiene sentido para quien desempeña una responsabilidad pública en una comunidad indígena. Pensemos, por ejemplo, en Oaxaca.
Buena parte de los municipios oaxaqueños se rigen por sistemas normativos indígenas. Ahí los cargos públicos tienen una naturaleza distinta. Para muchas comunidades, ser autoridad no constituye necesariamente una aspiración personal ni el comienzo de una carrera política. Es, ante todo, una forma de servicio. Y aquí aparece una realidad que merece ser considerada.
Miles de oaxaqueños han emigrado a Estados Unidos. Algunos adquirieron la nacionalidad estadounidense, formaron familias y construyeron una vida en ese país. Pero eso no han roto sus vínculos con México. Siguen contribuyendo económicamente a sus comunidades, participan en las festividades, apoyan obras colectivas y, en determinados pueblos, conservan obligaciones relacionadas con el sistema de cargos.
Por todo ello, no es extraño que una persona que trabaja en Estados Unidos regrese a Oaxaca para cumplir una responsabilidad comunitaria y, concluido su servicio, vuelva al país donde obtiene el sustento de su familia.
Ahora imaginemos que, al armonizar las legislaciones locales, se decidiera extender la exigencia de nacionalidad única a las presidencias municipales o a otras autoridades comunitarias. En ese caso, una persona con doble nacionalidad podría encontrarse ante el dilema de renunciar a su nacionalidad estadounidense para cumplir un cargo en su pueblo, con las consecuencias que ello puede tener sobre su trabajo, su movilidad y su vida familiar, o conservarla y quedar impedida para prestar ese servicio.
Desde luego, y lo dejo muy claro, la reforma federal no establece actualmente esa obligación para las autoridades municipales. Es importante decirlo para no atribuirle consecuencias jurídicas que todavía no tiene. Pero precisamente por eso vale la pena advertir el riesgo antes de que aparezca.
Proteger la soberanía nacional es indispensable. Pero hacerlo también requiere distinguir entre las responsabilidades de quienes ejercen el poder político nacional y las de quienes prestan un servicio a su comunidad. La reforma abre una oportunidad para reflexionar sobre esa diferencia. Durante la armonización legislativa, los congresos estatales pueden evitar que una disposición concebida para determinados cargos termine extendiéndose a situaciones que requieren un tratamiento distinto.
Porque legislar bien no consiste solamente en resolver un problema y crear otros. También significa anticipar y evitar, hasta donde sea posible, problemas futuros.




