Se resolvieron 30 recursos de revisión y 31 dictámenes de las resoluciones.
Este miércoles se llevó a cabo en el municipio de Torreón, la septuagésima quinta (75°) sesión extraordinaria del Consejo General del ICAI, donde se resolvieron 30 recursos de revisión.
Los recursos de revisión que se resolvieron en la sesión corresponden a:
Congreso del Estado (4), a la Secretaria de Finanzas (3), a la Secretaria de Infraestructura y Transporte (3), a la Oficina del Gobernador (2), a la Fiscalía General del Estado (2), a la Universidad Autónoma de Coahuila (2), al Seguro Popular (2), al Ayuntamiento de Saltillo (1), al Ayuntamiento de Monclova (1), al Ayuntamiento de Morelos (1), al Ayuntamiento de Ramos Arizpe (1), a la Secretaria de Cultura (1), a la Secretaria de Educación (1), a Aguas de Saltillo (1), al Instituto Coahuilense de Acceso a la Información Pública (1), a la Dirección de Pensiones (1), al Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado (1), a la Comisión de Seguridad Pública (1) y al Registro Público Estatal (1).
Se resolvió el recurso de revisión 122/2018, en donde le solicitan a la Universidad Autónoma de Coahuila copia de las facturas correspondientes a la compra de equipamiento tecnológico realizada en las facultades de Ciencias Químicas, y Escuela de Artes Plásticas en el año 2012 con el proveedor Alug Comercializadora S.A de C.V. con número 4060.
El solicitante presentó un recurso de revisión ante este Instituto por la falta de respuesta del sujeto obligado, a lo que el Consejo General del ICAI, votó por unanimidad revocar la respuesta otorgada por el sujeto obligado, instruyéndolo a entregar la información solicitada.
Se resolvió el recurso de revisión 124 del presente año, en donde le pidieron al Ayuntamiento de Morelos los nombres de los socios de la empresa Corporativo G-Rental S.A. de C.V. quien es el contratista al que se le adjudico los contratos de obra en el 2017.
El sujeto obligado respondió que no se encontró la información solicitada en sus archivos y documentos, a lo que el solicitante interpuso un recurso de revisión en donde manifiesta su inconformidad con la respuesta ya que comenta que la información si existe y no se le proporciono.
El Consejo General, después de realizar el estudio del caso, votó por unanimidad que se modifique la respuesta al sujeto obligado para que se le entregue la información solicitada.
Se resolvió el recurso de revisión 153 del año 2018 dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte en donde le solicitan la base de datos en formato electrónico (xls, xlsx, csv o txt) de los Vehículos (autobús, ómnibus o microbús) emplacados durante el 2017 para el servicio público de transporte.
Así como la marca, la línea, el año, el modelo, el tipo de servicio y el concesionario.
El sujeto obligado contesto la solicitud en donde mencionó que adjuntaba el documento con la información requerida.
El solicitante, interpuso un recurso de revisión en contra del sujeto obligado, en el que manifiesta como agravio: “El sujeto obligado no respondió esta solicitud de información, simplemente la cerro como respondida en la Plataforma Nacional de Transparencia sin enviar la información solicitada.” (sic).
El Consejo General, después de realizar el estudio del caso, votó por unanimidad que se modifique la respuesta al sujeto obligado para que se le entregue la información solicitada.
En la sesión también se aprobaron 31 Dictámenes de las resoluciones de los recursos de revisión; de los cuales 28 son de cumplimiento y 03 de incumplimiento. (ELHERALDO)
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