Deudores alimentarios no podrán renovar licencia de manejo

Agencia Reforma

Guadalajara-Deber pensión alimenticia a hijos o hijas en Jalisco será causal para impedir el trámite y renovación licencia de manejo.

Así lo refiere el nuevo Reglamento a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del estado, que se publicó el 4 de agosto, en su Artículo 121 en donde se habla sobre los requisitos para la obtención de licencias y permisos para conducir.

A la letra, el Artículo señala en el apartado 10 que, además de los requisitos ya conocidos como identificación, comprobante de domicilio, prueba de manejo, entre otros, ahora será necesario presentar un certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, tanto para licencias como permisos aplicables a menores de edad.

No obstante, también señala que este requisito entrará en vigor a partir de que el sistema DIF Nacional implemente el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, una base de datos nutrida con todos los estados del país para evidenciar a padres que adeuden el pago de alimentos de sus hijos y estará disponible en un sitio web libre.

Si bien el 8 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que crea el Registro Nacional, el DIF cuenta con 300 días hábiles para implementarlo, una vez que opere serán los tribunales familiares los que informen quienes no están al corriente con sus pensiones.

Ya que esté en operaciones, el certificado de no inscripción en dicho registro también será necesario para tramitar pasaporte o documentos de identidad, participar en contiendas por cargos de elección popular, además de que al contraer matrimonio civil se evidenciará la situación del contrayente a este respecto.

Dicha reforma busca incentivar que los padres respondan económicamente por sus hijos menores de edad, pues se estima que en Jalisco podría haber hasta 250 mil deudores alimentarios. (AGENCIA REFORMA)