Ciudad de México.- El Congreso de Baja California aprobó este viernes reformas a su Código Penal, su Ley de Salud y su Ley de Víctimas, para despenalizar la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación, con lo que se convierte en la quinta entidad del país que no castiga el aborto.
Cimacnoticias publicó que este 29 de octubre, el Congreso de Baja California discutió en sesión extraordinaria una iniciativa de la diputada Liliana Michel Sánchez, del grupo parlamentario de Morena, para despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación, así como garantizar servicios de emergencia para víctimas de violación.
La iniciativa de la diputada Michel Sánchez contenía reformas a la Constitución de BC para eliminar la protección de la vida “desde la concepción”. Además, esta propuesta incluía reformas al Código Penal de la entidad para modificar el tipo penal del aborto; a la Ley estatal de Salud para garantizar acceso a servicios de aborto legal, y a la Ley de Víctimas, para reconocer los servicios de anticoncepción de emergencia, ILE y profilaxis como servicios de emergencia médica para víctimas.
En concreto, se buscó que el delito de aborto en el Código penal quedara redactado así: “Autoaborto y aborto consentido.- A la mujer o persona gestante que se procure el aborto o consienta en que otra persona la haga abortar después de las doce primeras semanas de su embarazo, se le impondrá de tres a seis meses de prisión o de cincuenta a cien días de trabajo en favor de la comunidad, igual pena se aplicará al que haga abortar a la mujer o persona gestante con consentimiento de ésta”.
Además, se especificará, entre otros cambios, que “quienes presenten (sic) los servicios de salud deberán realizar el aborto, dar vista al Ministerio Público y observar lo dispuesto en las Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones legales aplicables”.
Para la Ley de Víctimas se buscó incluir la obligación de “Brindar a las víctimas de delito de violencia sexual, los servicios de anticoncepción de emergencia y de interrupción legal del embarazo, con absoluto respeto a la voluntad de la víctima, así como de la profilaxis post exposición para Virus de Inmunodeficiencia Humana, además de aquellos que contemplen y prevean la Ley General y esta Ley, con absoluto respeto a los derechos humanos y a la voluntad de las víctimas; asimismo, se le realizará a la víctima la práctica periódica de exámenes y tratamiento especializado, durante el tiempo necesario para su total recuperación y conforme al diagnóstico y tratamiento médico recomendado; en particular, se considerará prioritario para su tratamiento el seguimiento de eventuales contagios de enfermedades de transmisión sexual y del Virus de Inmunodeficiencia Humana”.
El dictamen de la iniciativa se discutió en dos votaciones, la primera para discutir la reforma constitucional, concretamente el artículo 7 que “protege la vida desde la concepción”; y la segunda para revisar las otras reformas.
Para el primer caso, que requería por mayoría relativa un total de 17 votos a favor, el Congreso obtuvo 14 votos a favor, 9 en contra y ninguna abstención, con lo que la propuesta fue rechazada.
No obstante, para la segunda votación (que ya no requería mayoría) el dictamen se aprobó con 15 votos a favor, 7 en contra y 1 abstención, con lo que Baja California se convirtió en la quinta entidad (después de Ciudad de México, Oaxaca, Veracruz e Hidalgo) en modificar sus leyes para despenalizar el aborto.
Al tiempo que se llevaba a cabo esta discusión de manera virtual, diversos grupos feministas se manifestaron afuera del Congreso.
Las y los diputados en contra pertenecían al Partido Encuentro Social (PES), y Partido Acción Nacional (PAN), argumentaron que fueron convocados de manera sorpresiva; y señalaron que el aborto significaba atentar contra la vida de un ser humano.
En 1999, una niña de 13 años de edad llamada “Paulina”, fue víctima de violación por dos hombres que asaltaron su domicilio en el municipio de Baja California. Tras esta agresión, Paulina presentó un embarazo no deseado.
Si bien Paulina y su madre denunciaron el hecho ante el Ministerio Público local y acudieron a un hospital público, conscientes de que tanto la ley local como la federal permitían la interrupción legal del embarazo (ILE) en casos de violación, no se les proporcionó el apoyo y fueron hostigadas por grupos antiderechos para impedir que abortara y llevar su embarazo a término.
Esta negligencia, denunciada incluso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dio pie a la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM-46) sobre Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención. (CIMACNOTICIAS)
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