Ciudad de México.- Tras años de esfuerzos del gremio de trabajadoras del hogar para que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) generara un mecanismo para su afiliación, finalmente el IMSS presentó el programa piloto de “incorporación de las personas trabajadoras del hogar”, que contempla las modalidades en las que laboran para diversos patrones.
El programa para afiliar a las trabajadoras del IMSS responde a una demanda de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), después de declarar inconstitucional, en diciembre de 2018, el artículo 13, fracción II, de la Ley de Seguridad Social, ya que excluye a las trabajadoras del hogar del régimen de afiliación obligatoria del IMSS.
El sitio web de Cimac Noticias publicó que de acuerdo con los lineamientos del programa que presentó el Instituto, para que las personas empleadoras soliciten la afiliación de las trabajadoras del hogar a la seguridad social, la institución facilitará un micrositio web donde se debe indicar su número de seguridad social (NSS), el salario mensual que perciben, señalar si trabajan con uno o más patrones y cuántos días labora con cada uno.
Con estos datos se generará la línea de captura para el pago que deben realizar dentro de los 20 primeros días de cada mes. En el caso de las trabajadoras del hogar que tienen más de un empleador, se calculará la proporción correspondiente a cubrir por cada patrón. Finalmente la trabajadora debe registrarse en la clínica que le corresponde.
El programa establece que el cálculo del salario base para la cotización en el IMSS se hará con base en el salario de la trabajadora, que deberá oscilar entre un salario mínimo –actualmente de 102 pesos- y el equivalente al valor de veinticinco unidades de medida y actualización (UMAS).
Con este programa, las trabajadoras del hogar podrán contar con los mismos beneficios que el resto de trabajadores en México: servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos, atención obstétrica, incapacidades, pensión por invalidez y vida, fondo para el retiro, así como prestaciones sociales dentro de las que se encuentran guarderías y velatorios.
Aunque las trabajadoras del hogar son las sujetas de aseguramiento, también pueden ser beneficiarios de los mismos servicios su cónyuge o concubina, hijos, padre y madre.
La afiliación de las trabajadoras del hogar no queda a voluntad de las personas empleadoras, es una obligación, dictó la Corte, para lo que también en el terreno legislativo se está trabajando en adecuaciones que necesita la Ley del Seguro Social y la Ley Federal del Trabajo.
Otra de las demandas de la Suprema Corte en su sentencia fue que se reformara la Ley del Seguro Social para suprimir la excepción que marca de afiliar a las trabajadoras al régimen voluntario, pues se trata de un trato discriminatorio, decretó la primera sala del tribunal.
Por ahora hay dos iniciativas: en la Cámara de Diputados la legisladora del Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Lorena Villavicencio Ayala, presentó una iniciativa que plantea modificar el artículo 13, fracción II, para derogar el régimen de excepción que mantienen fuera de la afiliación al IMSS a las trabajadoras del hogar. Actualmente se encuentra en revisión en comisiones.
En el caso del Senado de la República, legisladoras de todos los grupos parlamentarios, presentaron una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo, para que se haga obligatorio un contrato escrito entre trabajadoras del hogar y la o el empleador, el tipo de labores a realizar, remuneración y periodicidad de los pagos, horas de trabajo y pago de prestaciones como vacaciones, descansos diario y semanal, y el suministro de alimentos y alojamiento, según sea el caso.
Por otro lado, a esta serie de reformas a favor de las trabajadoras del hogar, la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) anunció que este año fijará el salario mínimo que deben percibir las trabajadoras del hogar, una deuda también pendiente desde 2012.
TRABAJADORAS PAGAN SUS SERVICIOS MÉDICOS
En México existen alrededor de 2.4 millones personas trabajadoras del hogar (95 por ciento son mujeres) pero únicamente 3 de cada 100 cuentan con derecho al sistema de salud público y al sistema de ahorro para el retiro, esto según el informe “Inclusión de las personas trabajadoras del hogar remuneradas en los sistemas de seguridad social” de la investigadora Marta Cebollada Gay.
Con esta situación, la Encuesta Nacional sobre Discriminación 2017 (Enadis), indica que 8 de cada 10 trabajadoras del hogar debe cubrir sus propios gastos por enfermedad, en el caso de las mujeres indígenas trabajadoras del hogar la cifra incrementa a 9 de cada 10.
La Enadis también señala que 7 de cada 10 trabajadoras del hogar tienen entre 30 a 59 años de edad, es decir, están en edad reproductiva y para aquellas que conforman una familia la falta de servicios médicos y prestaciones sociales también aleja a sus hijos e hijas de poder recibirlos.
La Corte dio al IMSS máximo el primer semestre del año para diseñar e iniciar a un programa de afiliación de las trabajadoras del hogar, que sea de fácil acceso y claro en las obligaciones que tienen los empleadores para inscribirlas. A fin de que en tres años se logre la cobertura de todo el sector. (CIMAC NOTICIA)
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