
Guadalajara, Jalisco.- Las líneas telefónicas móviles en México deben estar asociadas a una persona física o moral de forma obligatoria. Aquí resolvemos dudas.
Las líneas telefónicas móviles en el país deben estar asociadas a una persona física o moral conforme a los Lineamientos para la identificación de líneas telefónicas móviles aprobados por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) y publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Con la entrada en vigor de la disposición, el registro dejó de ser opcional y se convirtió en requisito obligatorio para conservar activa una línea celular, incluidas las de prepago.
La información será resguardada por las empresas de telefonía celular, tal como hoy lo hacen para el servicio de pospago, informó la CRT en su comunicado oficial.
La regulación establece que todas las líneas deben estar vinculadas a un titular identificado.
¿Qué pasa si no se registra?
El abogado Nicolás de Jesús García de León Castro, profesor de derecho en la Universidad Panamericana Campus Guadalajara, explicó que la obligación deriva de una reforma a la ley en materia de telecomunicaciones aprobada en julio del año pasado.
Detalló que este tipo de cambios se implementan de manera gradual: primero la reforma legal, después la emisión de lineamientos y finalmente la aplicación escalonada de plazos.
En el debate legislativo, señaló, el argumento central fue prevenir delitos como extorsión o secuestro cometidos mediante llamadas telefónicas, mediante la eliminación del anonimato.
Sin embargo, advirtió que la medida también traslada a las empresas la responsabilidad de resguardar la base de datos de los usuarios y contempla sanciones económicas para los operadores que no cumplan, con multas que pueden representar un porcentaje de sus ingresos.
“Las consecuencias. Primero, si las empresas de telecomunicaciones no cumplen con la ley, pues se pueden hacer acreedoras a multas por un porcentaje y viene en la ley del monto total de los ingresos de esa empresa, los porcentajes oscilan entre el 0.01 por ciento y el 10 por ciento (de sus ingresos)”, señaló Nicolas de Jesús.
De acuerdo con los lineamientos publicados en el DOF, la identificación es condición para mantener activa la línea móvil. Una línea que no esté asociada a un titular conforme a la normativa incumple la regulación vigente y si el usuario no vincula su identificación con la línea, no podrá utilizar el servicio.
Durante la suspensión solo estarán habilitadas las llamadas a números de emergencia y atención ciudadana (074, 079, 088, 089 y 911), así como a los números de atención del operador.
“¿Cuál es la consecuencia para el ciudadano? pues lo que la ley obliga a las empresas a hacer, ni siquiera te lo va a hacer el gobierno, te lo va a hacer la empresa, tu proveedor del servicio, lo que la ley les obliga a hacer es que para esa fecha, el primero de julio, suspendan todas las líneas telefónicas que no tengan vinculada a una CURP o los datos biométricos, para hacer cualquier tipo de llamadas, a excepción de los números los de emergencia”, agregó García de León.
Para los ciudadanos, el “último día para estirar la liga” es el 30 de junio. A partir del 1 de julio, las compañías estarán obligadas a suspender las líneas que no estén vinculadas a una CURP. La línea no se pierde, pero queda restringida hasta que se complete el registro.
Con ello, el trámite deja de ser preventivo y se convierte en condición indispensable para conservar activo el servicio móvil en el país.
¿Qué se necesita para el registro?
Para personas físicas:
* Identificación oficial vigente (credencial para votar o pasaporte).
* Clave Única de Registro de Población (CURP).
Para personas morales:
* Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
* Documentación que acredite su personalidad jurídica, conforme a los procedimientos del operador.
La CRT señaló que los datos deberán ser protegidos conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
Con esta disposición, cualquier usuario que aún no haya realizado la vinculación deberá acudir a su operador para regularizar su línea, ya que el anonimato en la telefonía móvil quedó formalmente eliminado bajo el nuevo marco regulatorio. (AGENCIA REFORMA)




