Ciudad de México.- El Gobierno federal propone en reformas que las autoridades que cometan faltas en casos de desapariciones sean sancionadas conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas y además con multas de 10 mil a 20 mil UMAS.
El valor para este año de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) es de 113.14 pesos, por lo cual, una sanción de 20 mil UMAS correspondería a 2 millones 262 mil 800 pesos.
En la mañanera de la Presidenta Claudia Sheinbaum, la Consejera Jurídica de la Presidencial Ernestina Godoy, detalló el contenido de las reformas y presentó una lámina en la que se lee:
“Las autoridades federales, estatales y municipales y los particulares que incumplan con la obligación de actualizar sus registros serán sancionadas conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas, y además con multas de 10 mil a 20 mil UMA”.
Godoy afirmó que el no cumplimiento de las reformas por parte de las autoridades será motivo de sanciones administrativas.
Las obligaciones son generar y usar sistemas de captura de toda la información necesaria, mantener actualizados los registros y/o bases de datos, habilitar consultas a dichos sistemas en tiempo real para que se conecten en la plataforma única de identidad.
Las autoridades a las que aplica son: Fiscalías, Comisiones de búsqueda, INCIFOS, cementerios y crematorios, cualquier autoridad o institución pública que integren datos biométricos o identificativos de las personas.
Las principales acciones que se están previendo en estas reformas son:
* Se crea la plataforma única de identidad.
* Se incorpora la CURP como mecanismo de identidad oficial con fotografía y huellas dactilares con capacidad de consulta en tiempo real.
* Se establecen claramente obligaciones y sanciones para los servidores públicos que no cumplan con la generación, la actualización y la compartición de la información cuando se le pide.
* Se crea la base nacional de carpetas de investigación de personas desaparecidas y no localizadas.
* Es obligatorio alimentar y actualizar el banco nacional de datos forenses que está cargo de la Fiscalía General y por parte de las Fiscalía locales y tribunales.
* Se obliga a las Fiscalías estatales a fortalecer sus capacidades para para tareas de búsqueda de investigación
* Se establecen a privados obligación para generar y compartir información útil para la búsqueda de personas, respetando la ley de datos personales
* Se fortalece la Comisión Nacional de Búsqueda y el rependo, el registro se dividirá entre registros de Fiscalías y otros orígenes.
* Se crea el Sistema Nacional de Alerta, búsqueda y localización de personas.
* La plataforma única de identidad es a partir de la Clave Única del Registro de Población de todas y todos los mexicanos y personas extranjeras que estén domiciliadas, no todas.
* Se transmitirán los datos asociados a cada CURP, por parte de todas las autoridades que en sus funciones registran, accedan o recaben información para tareas de búsqueda.
* En el caso del INE, deberá permitir consultas en las tareas de investigación del, principalmente las autoridades del Gabinete de Seguridad.
* Todas las personas en México desde su nacimiento tendrán esta identidad, la CURP, toda autoridad o privado estará obligado a reconocer la CURP como identificación oficial, sea física o digital. Esto cuando termine de integrarse la base de datos con fotografía y huellas dactilares.
* Todos los trámites y registros administrativos realizados por personas físicas, deberán requerir la CURP en los tres niveles de Gobierno, se está poniendo de manera paulatina.
* La plataforma de identidad única será la herramienta para la generación de alertas, búsquedas en tiempo real y localización. (AGENCIA REFORMA)
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