Ciudad de México.- El próximo 3 de abril es la fecha límite para presentar la declaración anual de las personas morales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), este trámite se realiza de manera virtual pero para requerir asesoría en los módulos de atención física será necesario acordar una cita previa.
Para presentar la declaración anual es necesario contar con la e-firma vigente, tener habilitado el buzón tributario, estar al corriente con las obligaciones fiscales, disponer de una cuenta bancaria y tener la información anual a la mano.
En caso de contar con la e-firma con un año de vencida es posible renovarla a través de la aplicación SAT ID para celular. La vigencia de esta credencial digital es de cuatro años a partir de la fecha de expedición, después de 2 años caducada es necesario agendar una cita desde el portal de la dependencia para renovarla, este trámite debe ser acudiendo de manera física en las fechas disponibles.
Las personas de la tercera edad, discapacidad o mujeres embarazadas no requieren hacer cita previa.
De cuánto es la multa por el incumplimiento
Según el SAT, el contribuyente que incumpla con sus obligaciones fiscales relacionadas con la presentación de la Declaración Anual, puede ser acreedor a una multa entre los mil 400 a 17 mil 370 pesos por cada obligación no declarada o por realizarla de manera extemporánea.
Mientras que las sanciones por no presentar las declaraciones por internet estando obligado a ello son de 14 mil 230 a 28 mil 490 pesos por presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados. (EL UNIVERSAL)
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