¿Todavía no sabes cómo cobrar tu Afore? Te explicamos qué documentos necesitas presentar y cómo llevar a cabo el trámite para que puedas organizarte y despreocuparte en el futuro.
Cómo cobrar la Afore: una guía paso a paso
La Afore es la cuenta donde se encuentra el ahorro para tu retiro, el cual comenzó desde el momento en que iniciaste tu primer trabajo cotizando ante el IMSS.
Si bien puedes hacer retiros parciales de tu dinero (por ejemplo, los retiros por desempleo o apoyos por matrimonio), únicamente puedes cobrar el total de tu Afore cuando cumples 60 o 65 años de edad. Existen tres formas de hacerlo:
- Vejez. Cuando cumples 65 años y tienes 500 o 775 semanas cotizadas ante el IMSS, dependiendo de a qué Ley pertenezcas.
- Cesantía en edad avanzada. Si tienes 60 años y cuentas con al menos 500 o 775 semanas cotizadas.
- Negativa de pensión. Si no cumples con los requisitos para recibir tu pensión por vejez o cesantía, debes solicitar una negativa de pensión para poder cobrar la Afore.
¿Qué necesito hacer para cobrar mi Afore?
Primero que nada, es muy importante que estés registrado ante una Afore. Si nunca diste de alta tu cuenta en las oficinas o centros de atención de la Afore, ¡no te preocupes! Siempre que tengas o hayas tenido un registro vigente ante el IMSS puedes solicitar tu pensión. Lo que debes hacer en este caso es hablar a SARTEL al 55 1328 5000 para que un asesor pueda orientarte.
Si ya estás registrado ante una Afore, entonces debes identificar bajo qué Ley está inscrita tu cuenta: la Ley 73 o la Ley 97 del IMSS.
Si comenzaste a cotizar ante el IMSS antes del 1 de julio de 1997, formas parte de la Ley 73, si empezaste después de esa fecha, entonces te toca la Ley 97. ¡Mucho ojo! Recuerda que la fecha de tu primer trabajo no siempre indica la fecha de tu inscripción al IMSS. Si tienes dudas, consultar el estado de cuenta de tu Afore para revisar este dato o comunicarte directamente con tu Administradora.
Ya que detectaste a qué Ley pertenece tu Afore, estos son los documentos que debes presentar:
Ley 73
- Identificación oficial
- Estado de cuenta de tu Afore u otro comprobante que valide tu registro ante la Afore correspondiente
- Estado de cuenta bancario con CLABE
- Resolución de pensión del IMSS o, en su defecto, una Negativa de pensión
Ya que tengas estos documentos listos:
- Acude a la subdelegación del IMSS que te corresponda para hacer tu Solicitud de Pensión
- Cuando obtengas la respuesta del IMSS, ve a tu Afore para iniciar tu retiro. Deberás llevar contigo la Solicitud de Pensión llenada y firmada
- En 6 días hábiles la Afore te entregará tu dinero
Ley 97
Para esta Ley, debes cumplir con las semanas cotizadas de acuerdo con el año de tu retiro. En 2022, el total de semanas necesarias es de 775. De acuerdo con la Ley del Seguro Social, el requisito de semanas cotizadas aumentará a 25 semanas cada año hasta alcanzar las 1,000 en el 2031.
Los documentos que necesitas son:
- Identificación oficial
- Estado de cuenta de tu Afore u otro documento que compruebe tu registro
- Estado de cuenta bancario con CLABE
- Resolución o Negativa de pensión del IMSS
En la Ley 97 existen tres formas de cobrar la Afore:
- Renta vitalicia. Esta modalidad la contratas con una aseguradora y, cuando llegue el momento de retirarte, será la encargada de darte una pensión de por vida.
- Retiro programado. La Afore será la que depositará el dinero en tu cuenta bancaria.
- Pensión mínima garantizada. El gobierno federal será el encargado de pagar tu retiro.
En cada uno de estos casos, debes seguir los mismos pasos que en la Ley 73 y acudir a la Subdelegación del IMSS que te corresponde, presentando tu Solicitud de Pensión. Una vez que recibas la respuesta, tu Afore te indicará los pasos a seguir.
Saber cómo cobrar la Afore y poner en orden tus documentos harán que tu retiro sea más fácil y sin imprevistos. No olvides hablar a SARTEL o al centro de atención de tu Afore si tienes más dudas respecto a tu ahorro.
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