Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las autoridades estatales sí pueden hacer obligatorio el uso de cubrebocas en su demarcación, tal como ya ocurrió en estados como Nuevo León, Durango y Oaxaca.
Animal Político publicó que la discusión sobre el tema se dio luego de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) pidiera la invalidez del Decreto 443, por el que se reformó la Ley de Salud de Nuevo León. Dicho cambio permite a las autoridades de esa entidad sancionar a quien no use cubrebocas en espacios públicos, como restaurantes y transporte.
Con esta resolución “la corte ha dotado de instrumentos a las entidades federativas para que adicionalmente a las medidas que se tomen a nivel nacional o federal pueden proteger la salud de las personas que habitan o transitan por sus estados”, según explicó Arturo Zaldívar, presidente de la SCJN.
Los estados tienen facultades para adicionar medidas
María del Rosario Piedra Ibarra, presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, promovió en marzo de 2021 una acción de inconstitucionalidad en contra del decreto 443 del Congreso de Nuevo León.
Piedra Ibarra argumentó que las modificaciones a la legislación estatal “modifican, alteran o interfieren con los contenidos previstos en la legislación de la materia, son interpretados como una irrupción en el ámbito competencial de la federación, por lo que vulneran el derecho fundamental a la seguridad jurídica y el principio de legalidad”.
Pero el Pleno de la SCJN consideró que hacer obligatorio el uso de cubrebocas durante la emergencia sanitaria por COVID-19 “no transgrede la esfera competencial de la Federación, en esencia, porque implican el ejercicio de las facultades que tienen las entidades federativas de conformidad con la Ley General de Salud”.
En un video publicado en redes sociales, Zaldívar dijo que “las entidades federativas tienen atribuciones para generar medidas adicionales a las que establezca el consejo general de salubridad y la ley general de salud”.
También señaló que “es una sentencia muy importante con la que nos damos cuenta cómo lo que decide la suprema corte tiene incidencia en la salud de todas las personas”.
Y destacó que la decisión se toma en momentos en donde la evidencia científica acredita que usar cubrebocas es una medida útil y adecuada para enfrentar la pandemia.
Sanciones en Nuevo León
Usar cubrebocas es obligatorio en Nuevo León en vías y espacios públicos y de uso común, en el interior de establecimientos públicos, centros comerciales y para usuarios y operadores de transporte público, privado o de carga, desde abril de 2020.
La medida fue impuesta por el gobierno del entonces gobernador Jaime Rodríguez, a quien Samuel García, entonces aspirante a gubernatura, pidió en 2021 vetar dicha Ley.
“Aquí sí pediría al Ejecutivo que tenga la mínima decencia de vetarla, porque Nuevo León lo que quiere es el ejemplo”, dijo García en un diálogo con especialistas, según informó Proceso.
En febrero de 2021, el Congreso del Estado reformó la Ley Estatal de Salud. Tras ese cambió quedó asentado que “durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria declarada por la autoridad competente, provocada por una enfermedad contagiosa, la autoridad sanitaria podrá declarar obligatorio el uso del cubrebocas”.
Las autoridades estatales pueden sancionar a quien incumpla la norma con multas equivalentes hasta 20 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, arresto administrativo hasta por 36 horas o por trabajo en favor de la comunidad hasta por 8 horas.
La legislación de Nuevo León también estableció que “las personas de 2 a 18 años de edad y con discapacidad intelectual no serán sujetos de sanción, pero la falta de uso del cubrebocas será responsabilidad de los padres de familia, tutores, representantes legales o de quienes tengan a su cargo su guarda, custodia o cuidado”.
Respecto a este último punto, la SCJN determinó que dicha porción normativa afectaba directamente los intereses de las personas con discapacidad, por lo que existía la obligación de consultar a dicho grupo de manera previa a la expedición del decreto.
El cubrebocas es obligatorio en más de 8 estados
A nivel federal, las autoridades no han tenido una postura concisa sobre el uso del cubrebocas. Tan es así que al inicio de la pandemia cuestionaron su efectividad, pese a la evidencia científica internacional.
Todavía en febrero de 2021, el subsecretario de Salud, Hugo López-Gatell, dijo que “el famoso cubrebocas sigue siendo un instrumento mayormente útil para no expulsar partículas líquidas que conllevan al virus”, pero que su utilidad seguía siendo muy limitada “para protegernos a quienes lo usamos”.
Sin embargo, desde el 17 de abril de 2020, el gobierno de la Ciudad de México estableció como obligatorio el uso del cubrebocas dentro del Sistema de Transporte Colectivo Metro.
El Gobernador del Estado de Puebla, Miguel Barbosa Huerta, firmó un decreto en 2020 para hacer obligatorio que toda persona que se encuentre en espacios públicos, así como las que brinden servicios, utilicen cubrebocas.
En Oaxaca, el gobernador Alejandro Murat también hizo obligatorio el cubrebocas dentro del transporte público desde abril de 2020.
También por decreto, en abril de 2020 se hizo obligatorio el uso de cubrebocas en Coahuila y Yucatán, como medida de prevención.
En el mismo mes, la Secretaría de Salud de Tamaulipas informó que usar cubrebocas en el estado es obligatorio en cualquier espacio público, esto para disminuir los contagios por COVID-19.
En Colima, también se publicó una ley para hacer obligatorio el uso de cubrebocas en espacios públicos. En agosto de 2020 el gobernador Ignacio Peralta envió una iniciativa al Congreso local para que se sancione con más de 40 mil pesos de multa a quienes no acaten la norma.
Ante ello, Hugo López-Gatell, consideró que ese tipo de medidas generan un riesgo de violación a los derechos humanos.
Desde noviembre de 2020 el uso de cubrebocas es obligatorio para todas las personas que se encuentren en el territorio del estado de Morelos, en vías y espacios públicos o de uso común cerrados o al aire libre, según la legislación vigente.
Por unanimidad, el Congreso de Durango aprobó a finales de 2020 la creación de la ley que establece el uso del cubrebocas de manera obligatoria, “como una medida fundamental para protección de la salud de las personas”. Mientras que en Quintana Roo, la medida también es obligatoria desde diciembre de 2020.
En enero de 2022 el gobierno del municipio de Ecatepec, Estado de México, también emitió una medida donde se hace obligatorio el uso de cubrebocas en espacios públicos, para disminuir el ritmo de contagios tras la aparición de la variante ómicron. (ANIMAL POLÍTICO)
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