
Pagar en efectivo dejará de ser una opción en determinados sectores de la economía mexicana: el Gobierno federal publicó este miércoles la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El decreto, expedido por la presidenta Claudia Sheinbaum, apunta a restringir el uso de efectivo en determinadas actividades económicas y establece un marco legal para ampliar el uso de transferencias, tarjetas, códigos QR y otras herramientas electrónicas en operaciones comerciales y servicios públicos.
La ley, que entra en vigor este 5 de noviembre, faculta a la Secretaría de Hacienda (SHCP) para determinar los sectores estratégicos y actividades relevantes en los que los pagos digitales podrán convertirse en el único medio de pago permitido.
Hacienda deberá publicar esa decisión dentro de los 15 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del decreto, sin perjuicio de que posteriormente pueda ampliar dicha determinación.
Posteriormente, las autoridades competentes tendrán otros 15 días hábiles para emitir las disposiciones administrativas correspondientes y los mecanismos de operación.
La disposición no implica la eliminación generalizada del efectivo en México, es decir, la desaparición generalizada de billetes y monedas.
La medida representa un cambio para establecimientos comerciales, empresas y dependencias públicas, que tendrán que adaptar sus sistemas de cobro conforme a las disposiciones aplicables.
El nuevo ordenamiento establece que proveedores de bienes y servicios, así como autoridades de los tres órdenes de Gobierno, deberán habilitar infraestructura para recibir pagos digitales y electrónicos, informar a los usuarios sobre las opciones disponibles y establecer mecanismos para atender posibles fallas.
Entre los medios contemplados están las tarjetas de crédito y débito, transferencias bancarias, domiciliaciones, códigos QR y tecnologías de comunicación de campo cercano (NFC).
Aunque la legislación permite establecer sectores donde los pagos digitales sean exclusivos, contempla excepciones cuando existan fallas que impidan utilizar los sistemas electrónicos.
El artículo 15 establece que, ante contingencias que afecten la infraestructura o continuidad de los servicios de pago, podrán realizarse operaciones en efectivo o mediante cheque.
La ley también incorpora mecanismos de identificación digital para facilitar la contratación de servicios financieros a distancia. Entre ellos figura la CURP Digital, que será aceptada como mecanismo de confianza para realizar estos procedimientos.
Sin embargo, el ordenamiento no establece que sea el único documento válido. Los usuarios podrán optar por otro mecanismo de identificación oficial.
Además, incorpora el Expediente Digital Ciudadano, mediante el cual las instituciones financieras podrán consultar documentación de sus clientes cuando éstos lo soliciten.
LOS DOCUMENTOS DIGITALES TENDRÁN EFECTOS JURÍDICOS EQUIVALENTES A LOS FÍSICOS
El Banco de México tendrá un papel relevante en la implementación del nuevo modelo: la legislación contempla el desarrollo de herramientas para facilitar las transferencias, homologar la experiencia de uso de las aplicaciones financieras y ampliar las operaciones mediante códigos QR.
El objetivo es aprovechar infraestructura existente, como el Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) y Cobro Digital (CoDi), para extender los pagos electrónicos a más establecimientos y servicios.
Especialistas han señalado que esta ley de transición hacia los pagos digitales enfrenta obstáculos relacionados con la conectividad, el acceso a servicios financieros y la disponibilidad de dispositivos electrónicos. (Agencia Reforma)

