
Ciudad de México.- El Gobierno federal expropió 21 inmuebles de propiedad privada para destinarlos a los seis tramos del Tren Maya.
De acuerdo con un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, la superficie afectada asciende a 51 mil 188 metros cuadrados y los predios se ubican en municipios de Chiapas, Campeche, Tabasco, Yucatán y Quintana Roo.
“Se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 51 mil 187.83 metros cuadrados a favor de la Federación, por conducto de Tren Maya, S.A. de C.V., para la ejecución de los tramos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Proyecto Tren Maya.
“Correspondiente a 21 inmuebles de propiedad privada, ubicados en los municipios de Palenque en el estado de Chiapas; Candelaria, Champotón, Campeche y Dzitbalché en el estado de Campeche; Balancán en el estado de Tabasco; Izamal, Chocholá y Tinum en el estado de Yucatán; Benito Juárez, Puerto Morelos, Tulum y Felipe Carrillo Puerto en el estado de Quintana Roo”, señala.
El decreto establece que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) procederá a la ocupación inmediata y que la empresa Tren Maya deberá cubrir las indemnizaciones conforme a los avalúos oficiales.
También se especifica que la expropiación incluye las construcciones e instalaciones que formen parte de los predios, por lo que la afectación no se limita únicamente a la superficie señalada en el decreto.
En el Tramo 1 se expropiaron cinco inmuebles ubicados en Palenque, Candelaria y Balancán; en el Tramo 2, cinco más en Champotón y el municipio de Campeche.
Para el Tramo 3 se incluyeron cuatro predios en Dzitbalché, Izamal y Chocholá; en el Tramo 4, cinco inmuebles en Tinum, Benito Juárez y Puerto Morelos.
El Tramo 5 contempla un predio en Tulum y el Tramo 6 otro en Felipe Carrillo Puerto.
El decreto señala que Sedatu integró el expediente de expropiación, emitió la declaratoria de causa de utilidad pública y otorgó garantía de audiencia previa a los propietarios, conforme a la Ley de Expropiación.
También refiere que existen dictámenes técnicos de Tren Maya que acreditan la idoneidad y necesidad de los inmuebles.
El decreto instruye a Sedatu a proceder a la ocupación inmediata de los inmuebles y precisa que la interposición de cualquier medio de defensa no la suspende.
Al igual que otros decretos expropiatorios, el Tren Maya deberá cubrir con su presupuesto el monto de la indemnización, con base a los avalúos emitidos por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
Los propietarios sólo podrán acudir a la vía judicial para controvertir el monto.
“Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de este decreto, las personas interesadas podrán acudir al procedimiento judicial a que se refiere el artículo 11 de la Ley de Expropiación, con el único objeto de controvertir el monto de la indemnización”, detalla.
El documento prevé que, si los bienes no se destinan a las obras que motivaron la expropiación dentro de un plazo de cinco años, las personas afectadas podrán solicitar la reversión total o parcial de los inmuebles. (AGENCIA REFORMA)




