La Corte Internacional de Justicia dictaminó que los asentamientos israelíes en Palestina violan la Ley

(Photo by Sylvia Lederer/Xinhua)

Ginebra, Suiza.- La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha determinado este viernes que la política israelí de construcción de asentamientos y explotación de recursos naturales en los territorios palestinos (la Franja de Gaza y Cisjordania, incluida Jerusalén Este) viola el derecho internacional.

Con una votación de 11 votos a favor y 4 en contra, la CIJ dictaminó que estas prácticas son ilegales y le exigió la “evacuación de todos los colonos”, el “desmantelamiento” del muro de separación y la devolución de tierras a sus residentes originales desplazados desde 1967.

En su dictamen consultivo, el principal órgano judicial de la ONU estableció que Israel “ha ejercido su poder como potencia ocupante de una manera que no es consistente con las normas reflejadas en el artículo 43 de las Regulaciones de la Haya y en el Artículo 64 de la 4.ª Convención de Ginebra”.

La CIJ consideró que los asentamientos israelíes y su régimen asociado en Cisjordania y Jerusalén Este deben llegar a su fin “lo más rápido posible”, afirmó el juez presidente, Nawaf Salam, que leyó las conclusiones de una mayoría de los 15 jueces que conforman la CIJ.

El tribunal resalta la discriminación sistemática de los palestinos en los territorios ocupados u califica como “anexión de facto” el régimen establecido por Israel en estas tierras.

Por su parte, el primer ministro israelí, Benjamín Netanyahu, reaccionó al dictamen del CIJ afirmando que “el pueblo judío no es conquistador en su propia tierra”. “Ni en nuestra capital eterna, Jerusalén, ni en la tierra de nuestros antepasados en Judea y Samaria”, añadió.

“Ninguna decisión falsa en La Haya distorsionará esta verdad histórica, al igual que no se puede impugnar la legalidad de los asentamientos israelíes en todos los territorios de nuestra patria”, enfatizó.

La CIJ cree que Israel tiene la obligación de “proporcionar una reparación completa por los daños causados por sus actos internacionalmente ilícitos a todas las personas físicas o jurídicas afectadas”, lo que incluye la “restitución, compensación y/o satisfacción” de los afectados, es decir, “devolver la tierra y otras propiedades inmuebles”, así como “toda la propiedad cultural y los activos tomados de los palestinos y las instituciones palestinas, incluidos los archivos y documentos” incautados desde que comenzó la ocupación en 1967.

La CIJ subrayó que, “en virtud de su condición de potencia ocupante”, un Estado asume un “conjunto de poderes y deberes” respecto al territorio sobre el que ejerce control efectivo, pero, recordó a Israel “que la ocupación es una situación temporal para responder a una necesidad militar, y no puede transferir el título de soberanía a la potencia ocupante”.

Cabe señalar que, aunque Israel fue uno de los países signatarios de la Convención de Ginebra, no es miembro de la CIJ y no reconoce su jurisdicción, lo cual socava la capacidad del tribunal para resolver las controversias que lo impliquen. (EL HERALDO)

 

 

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