Ciudad de México.- El Presidente Andrés Manuel López Obrador decretó este miércoles diversas reformas al Código Penal Federal que establecen la imprescriptibilidad del ejercicio de la acción penal y la aplicación de sanciones por delitos sexuales cometidos contra menores de 18 años.
De acuerdo con las modificaciones, que entrarán en vigor a partir de este jueves, no prescribirán los delitos cometidos contra menores de edad cuando se trate de pornografía infantil, corrupción de menores, turismo sexual, lenocinio y pederastia.
Tampoco cuando se trate de cópula con persona mayor de 15 años y menor de 18, cuyo consentimiento haya sido obtenido mediante engaños, por violación equiparada a menores de edad o persona que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo.
Las modificaciones establecen que, en el caso de que el victimario sea servidor público, ministra o ministro de culto religioso, también se castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo, comisión o cualquiera otro de carácter público, durante el mismo tiempo de la sentencia que le sea dictada.
La reforma, enviada al Ejecutivo en septiembre pasado, refiere que los delitos sexuales cometidos contra menores de 18 años atentan de manera grave e irreparable contra su integridad. (AGENCIA REFORMA)
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