Ciudad de México.- El juicio de amparo es el recurso constitucional más importante a disponibilidad de la sociedad para hacer respetar sus derechos, es el mecanismo de mayor relevancia para proteger las garantías fundamentales; no obstante, presenta dificultades que lo vuelven poco accesible y eficiente, coincidieron especialistas en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
En el Congreso La Ley de Amparo de 2013: Avances y retos a 10 años -coorganizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ), la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y otras instituciones-, el Abogado General de la UNAM, Hugo Alejandro Concha Cantú, refirió que, sin embargo, de forma simultánea no cumple con los principios básicos que la Constitución establece para la impartición de justicia: rapidez y oportunidad.
Al inaugurar la actividad académica, la directora del IIJ, Mónica González Contró, enfatizó: “El objeto de nuestro juicio de amparo es garantizar los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte”.
En representación de la ministra presidenta de la SCJN, Norma Lucía Piña Hernández, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, dijo que “con esta nueva ley, en sus primeros diez años, se ha conseguido una amplitud de miras, conservar la esencia del juicio garante y a la vez dotarlo de elementos”.
El también investigador honorario del IIJ destacó que este proceso jurisdiccional de origen decimonónico “ha marcado el camino de México y de Iberoamérica, en la defensa y protección de los derechos fundamentales y se ha instalado en el nicho de las garantías jurisdiccionales de la Constitución”.
En el auditorio Héctor Fix Zamudio del IIJ, la magistrada de Circuito del Poder Judicial de la Federación, Adriana Leticia Campuzano Gallegos, expuso que el juicio de amparo es el “carro” donde se monta un litigio que tiene que ver con cómo entendemos y vivimos los derechos humanos. Sin él, no habríamos conseguido los avances que hoy tenemos en la materia.
Además, es innegable que ha tenido incidencia puntual en políticas públicas; por ejemplo, se recibió una “lluvia” de amparos para que se lograra la vacunación de menores que no estaban considerados en una fase inicial del programa nacional de vacunación durante la pandemia; o para que los hombres tengan acceso a las guarderías.
En su oportunidad, Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, investigador del IIJ y juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, afirmó: “el panorama mundial resulta complejo, y con enormes incertidumbres para la garantía de los derechos humanos. Este contexto global no es ajeno para los países latinoamericanos, es más, algunos consideran que América Latina tiene mayores retos”.
En el reciente estudio de la CEPAL, denominado Panorama Social de América Latina y el Caribe, se destaca que las tasas de pobreza en esta región se mantienen por encima de los niveles prepandemia, donde 201 millones de personas viven en situación de pobreza, es decir, 32.1 por ciento de la población total de la región; y 82 millones, 13.1 por ciento, está en pobreza extrema. “Esto significa que hemos retrocedido 27 años, casi tres décadas”, aseveró quien coordinó el Congreso, junto con María Elisa Franco Martín del Campo, también del IIJ.
¿Para todos?
Al participar en el panel “La aplicación de la Ley de Amparo para la garantía de los derechos humanos en México: avances y desafíos”, Hugo Alejandro Concha Cantú agregó que ese instrumento jurídico se encuentra alejado de las posibilidades de la mayor parte de la sociedad. “Teóricamente es el recurso disponible para todos, pero en la práctica no es así”.
En su origen la reforma de 2013 en buena medida explica al Poder Judicial Federal actual. Esa normativa significó la reivindicación del amparo como un servicio público de importancia capital para el funcionamiento de la Constitución democrática; los principales cambios fueron ampliar su ámbito de protección y ofrecer una cobertura plena de derechos humanos, acotó.
Las personas pueden, a partir de entonces, interponer juicios de amparo cuando consideren que han sido violadas sus garantías establecidas en el marco interno y en las protegidas en convenciones y tratados internacionales, entre otros avances.
No obstante, los retos existen y son los mismos que hace una década. Entre ellos que un juicio en la materia es excesivamente formalista, largo y costoso. “Es un laberinto que puede llevarnos a un país desconocido”, alertó Concha Cantú.
Eso lo constituye en una figura fundamental, pero al mismo tiempo en un procedimiento poco accesible y eficiente. Sus resultados llegan, con frecuencia, después de periodos largos y cuando el paso del tiempo generó otro tipo de agravios. Tenemos una realidad que va a toda velocidad, y alcanzarla con normas que funcionen y den resultado, es un proceso más lento, expuso el universitario. Garante
González Contró externó que el juicio de amparo es el mecanismo jurisdiccional más importante para garantizar los derechos humanos en México. Es, en palabras de Héctor Fix Zamudio, nuestra máxima institución procesal.
Recordó que el 2 de abril de 2013 fue publicada la nueva Ley de Amparo en el Diario Oficial de la Federación, la cual muestra el nuevo paradigma creado a partir de las reformas constitucionales de junio de 2011. “Cumple con el objetivo para el cual fue creado hace casi 200 años, pero en el contexto actual: la protección de los derechos de todas las personas”.
Los retos
María Elisa Franco Martín del Campo, investigadora del IIJ, destacó que de 2014 a 2020 se presentaron tres millones 559 mil 741 demandas de amparo indirecto. En el mismo lapso, los juzgados de distrito tenían 686 mil 353 amparos pendientes de resolver. De esta manera, la cantidad fue de cuatro millones 246 mil 94 amparos.
“Eso es lo que tienen que resolver los jueces en este país, y hay que preguntar si cuentan con el personal suficiente para responder a esto, entendiendo que estamos hablando de derechos humanos”, aseveró.
De acuerdo con José María Serna de la Garza, también investigador del IIJ, en los últimos 10 años se registran avances en la materia en términos de su alcance protector de derechos “viejos” y “nuevos”, como los relacionados con el libre desarrollo de la personalidad y de incidencia en políticas públicas. Pero hay que preguntarse si puede ser considerado como un instrumento que empodera a los ciudadanos.
“En la cultura jurídica, en la metodología que emplean los jueces, se han establecido barreras, obstáculos, laberintos, que son causas generadoras de un excesivo formalismo”, y esa es la principal crítica al amparo.
En el encuentro académico estuvieron también los magistrados Armando Maitret Hernández y Martha Leticia Muro Arellano. (UNAM)
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