Durante la sesión del Congreso de Coahuila que tuvo lugar este martes, las diputadas y diputados de la LXIII Legislatura aprobaron por unanimidad el dictamen por el que se crea la Ley para la Prevención, Detección y Combate de Incendios Forestales en la entidad, con base en la iniciativa presentada por los grupos parlamentarios que conforman la Alianza Coahuila.
Se informó que la nueva ley permitirá a Coahuila consolidar una política ambiental integral basada en la prevención, la cooperación interinstitucional y la participación ciudadana, reafirmando su compromiso con la protección de los ecosistemas, la seguridad de las comunidades y el bienestar de las generaciones presentes y futuras.
Dicha legislación tiene por objeto regular el uso de fuego en tareas relacionadas con las actividades agropecuarias o de cualquier otra índole que puedan afectar los ecosistemas forestales, así como establecer las acciones de prevención, capacitación y combate de incendios forestales de forma complementaria con lo que al efecto disponga la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable para el Estado de Coahuila en la materia.
De igual manera, se busca fortalecer la coordinación y cooperación interinstitucional y aplicación de políticas que permitan al Estado y a los municipios ampliar sus capacidades de atención y respuesta temprana conforme a sus respectivas competencias, así como diseñar los mecanismos de coordinación y participación interinstitucional para la prevención y reducción de riesgos.
También prevé establecer las bases complementarias para la regulación de las quemas, fortaleciendo las labores de vigilancia y detección temprana para reducir el número de incendios causados por negligencia o accidentalmente, así como para la coordinación y capacitación del personal que actúa en labores de prevención, combate, control y manejo de incendios en el estado.
Otro de los principales objetivos de la ley es fortalecer e incrementar la participación ciudadana y de las comunidades a través del fomento de una cultura de prevención.
Cabe mencionar que las disposiciones de esta nueva ley deberán aplicarse en concordancia con la distribución de competencias que le corresponden al estado y a los municipios en materia forestal, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73, fracción XXIX-G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable para el Estado de Coahuila y demás disposiciones aplicables. (ÁNGEL AGUILAR)



