LA PÍLDORA FISCAL

Devolución de impuestos: nuevas reglas y más retos para las empresas

Si recuerdan, en 2025 el SAT rechazó miles de solicitudes de devolución de saldos a favor presentadas por personas físicas en su declaración anual. Muchos contribuyentes se vieron obligados a presentar sus solicitudes manualmente, solo para volver a recibir negativas. Algunas aún siguen sin resolverse. Ese escenario de rechazos, retrasos y solicitudes excesivas de información no es exclusivo de las personas físicas: es también el día a día de muchas personas morales. Y agárrense… porque se pone peor.

En los últimos años, el proceso de devolución de impuestos se ha vuelto más complejo para los contribuyentes. Muchas empresas han enfrentado dificultades porque el Servicio de Administración Tributaria (SAT) solicita información excesiva, que a veces ni siquiera está en manos del contribuyente, como datos de clientes o proveedores.

Cuando no se entrega toda la información solicitada, la autoridad suele negar la devolución o dar por desistido el trámite, sin resolver si realmente el saldo a favor era procedente o no. Ante esto, muchas empresas reiniciaban el trámite cuantas veces fuera necesario, aportando cada vez más pruebas con la esperanza de obtener una resolución favorable sin llegar a un juicio, lo cual también ayudaba a mantener el flujo de efectivo.

Este panorama ha cambiado drásticamente con dos nuevas jurisprudencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que establecen nuevas reglas en el procedimiento previsto en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación.

 

Primera jurisprudencia:

“Para que proceda un segundo requerimiento, el primero debe haberse cumplido totalmente” (Tesis 2a./J. 33/2025 (11a.)).

La Corte aclaró que si el SAT hace un requerimiento de información y el contribuyente no lo cumple en su totalidad, la autoridad no puede hacer un segundo requerimiento. Esto significa que si el contribuyente entrega solo parte de la documentación pedida, el SAT debe negar la devolución directamente y ya no podrá insistir solicitando lo que falta

Esto complica las cosas para las empresas, ya que muchas veces no pueden cumplir al 100% con lo requerido por la autoridad. Y si no logran hacerlo en el primer intento, se exponen a una negativa definitiva.

 

Segunda jurisprudencia:

“No se puede presentar una nueva solicitud de devolución si la anterior fue negada por razones formales y no se impugnó” (Tesis 2a./J. 32/2025 (11a.)).

 

En la práctica, muchas empresas volvían a presentar la solicitud de devolución si se la negaban por no haber cumplido algún requisito. Sin embargo, esta nueva tesis establece que, si el SAT niega la devolución por fallas formales (como documentos incompletos) y el contribuyente no impugna esa negativa por medio de un recurso o juicio, ya no podrá volver a presentar la solicitud. La resolución queda firme.

Estas dos jurisprudencias limitan severamente las opciones de las empresas para recuperar saldos a favor. La única vía en muchos casos será el litigio, que puede tardar años y representar altos costos.

¿Qué hacer ante este nuevo escenario?

Las empresas deben ser más formales y ordenadas. Es fundamental que documenten sus operaciones en tiempo real, con pruebas sólidas y con fecha cierta, para acreditar la validez de las mismas ante la autoridad.

El trámite de devolución debe ser preparado por personal capacitado en materia fiscal. No basta con que lo haga un auxiliar contable. Además, es altamente recomendable tener asesoría legal preventiva desde el inicio del proceso, para interpretar adecuadamente los requerimientos y las resoluciones, y saber cuándo es necesario presentar una impugnación para no perder el derecho a recuperar el saldo a favor.

En resumen, el sistema se ha endurecido. Prepararse bien y actuar a tiempo será la clave.

Mi nombre es Luis Alvarado, Contador Público, Maestro en Impuestos y Socio de Elite Tax Consulting. Estoy aquí para servirle con cualquier duda respecto al emprendimiento de negocios, la elección de régimen fiscal, el pago de impuestos en México, y esquemas de optimización de recursos. ¡Hablemos!

 

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