¿LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE VIVIENDA?
En este espacio ya hemos reflexionado superficialmente respecto el derecho a la ciudad como concepto urbanístico, desarrollado principalmente por el filósofo francés Henri Lefevre; asimismo sobre algunos otros ideólogos de derecha y por supuesto de izquierda, que impactaron en el desarrollo social de sus entornos; tal es el caso del jurista alemán Fischbach, o el propio Lenin de Rusia.
Refiero a los dos últimos autores, porque la ciudad y su construcción es algo mucho más complejo que el simple ordenamiento administrativo de las obras arquitectónicas en un espacio territorial, no sólo se trata de permisos para construir casas y edificios con determinadas dimensiones, materiales y colores, sino de una expresión ideológica mediante las construcciones que se autorizan y llevan a cabo.
Sería ingenuo omitir que el tipo de vialidades, viviendas, edificios y áreas verdes que se proyectan; son una expresión de las condiciones y decisiones tanto gubernamentales como económicas que existen en determinado contexto social. Mi ilustre maestro y luchador social, Adolfo Orive Bellinger, cuando un grupo de Universitarios cursábamos el Diplomado en Economía Política Productivista por la Facultad de Economía de la UAdeC, hacía mucho énfasis en las trayecto-dependencias, que influían en las instituciones. Es decir, en que la formación de los agentes (funcionarios) y sus experiencias personales, impactaban en la dirección de las dependencias.
Por otro lado, el arte, la arquitectura y el diseño, se mezclan con las necesidades industriales y comerciales de cada entorno. Aprovechan, o al menos se hace el intento de aprovechar las ventajas y desventajas geográficas, los materiales que se tienen al alcance, y las inclinaciones naturales de cada terreno.
Podemos encontrar un claro ejemplo de ello, en el “Barrio Mágico” de Santa Anita, que se ubica dentro del Distrito Centro de Saltillo; cuya conformación se debe a la propia topografía elevada en la que se ubica; zona contigua que ocupa la Universidad Carolina, sin duda, ya referente en la ciudad. Lo mismo en el Ojo de Agua.
Por cierto, la Ley General de Asentamientos Humanos, define en su glosario al “barrio”, como: zona urbanizada de un Centro de Población dotado de identidad y características propias”, por otro lado, la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, no contempla definición alguna.
En ambas leyes falta introducir el concepto de “Barrio Mágico”, que, aunque inicialmente tiene matices turísticos, afirmo que también tiene relevancia urbanística, pues a través de su conceptualización legal, pueden adoptarse medidas para la protección, promoción y difusión de su contenido cultural y patrimonio arquitectónico.
Un barrio mágico es un espacio con características que lo hacen irrepetible y relevante para las ciudades, para los habitantes y para los turistas: historia, cultura, gastronomía, productos y servicios, “Es un lugar donde se puede descubrir el ‘espíritu’ y esencia de una ciudad”
Las ciudades, son una expresión cultural de su pueblo; de los valores que tienen, la capacidad productiva y las funciones que han decidido proyectar y en su caso conservar. Y todo ello, está sujeto a un orden legal que aprueba, restringe o condiciona el crecimiento urbano; reserva usos y de alguna forma proyecta la planificación gubernamental de los sectores que existen en cada espacio.
Un claro ejemplo lo podemos advertir en el nombre de nuestra capital próxima a cumplir 448 años desde su fundación; “Saltillo”, que se cuenta fue nombrada así debido a un pequeño “Salto de agua”, que nuestros fundadores de origen portugués y español tomaron como referencia para desarrollar la ciudad.
Lo anterior recordando que muchos años la producción agrícola en las “milpas” fue una actividad que sostuvo a nuestra región; por ende, el uso de los canales de agua para riego rodado era vital para la existencia de la ciudad. por eso fue natural que se eligiera un salto de agua para darle origen a la misma.
Nuestra capital y la zona conurbada son un oasis en el desierto, cuyos recursos hídricos, a pesar de estar cada vez más limitados; son obtenidos mediante la captación de agua que se logra gracias a nuestra sierra. En ese sentido, las autoridades han emitido medidas de desarrollo urbano tendientes a la protección de nuestros recursos naturales; por ejemplo, la declaratoria de Zona de Restauración “Zapalinamé” en los municipios de Saltillo y Arteaga publicada en el Periódico Oficial el 8 de junio de 2007, mediante la cual se imponen medidas para evitar el desgaste acelerado de nuestra flora y fauna.
El derecho a la ciudad es un tema tan amplio, que debe seguir explorándose minuciosamente. Lefevre, alrededor de sus pensamientos parece inclinarse a la izquierda; va criticando a lo que se denomina “urbanismo funcionalista”, que se da en las “sociedades de consumo” es decir, aquel urbanismo que diseña a las ciudades en base a usos o funciones; y desplaza a los obreros del centro de la ciudad hacia las periferias. Pero debemos preguntarnos: ¿Sería posible desarrollar la ciudad de otra manera?
¿Hoy en día tenemos urbanismo funcionalista? ¿Tenerlo es malo? Responder a esas preguntas sería precipitado, sin abordar distintas concepciones del mismo, recordando que las críticas de Lefevre se construyeron a raíz de la observación de las ciudades como París y Nueva York en el contexto de los años 60,s.
Según Gabriela Durán, de la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil Ecuador: el funcionalismo se comenzó a acuñar como doctrina en 1928, durante los Congresos Internacionales de Arquitectura Moderna (CIAM), llevados a cabo en Sarraz, Suiza.
Se define como el “pensamiento de mecanizar la producción de vivienda sobre el territorio urbano, refiriéndose a la ciudad como una máquina” (que debe obtener eficiencia). El pensamiento funcionalista concibe al proceso constructivo como un proceso industrial, aquí se comienzan a regular dimensiones de viviendas, y sus ubicaciones, así como distribuciones, materiales, etc.
Las “Siedlungen” fueron unidades habitacionales en Alemania, creadas después de la primera guerra mundial. Su construcción es un claro ejemplo funcionalista; toda vez que fueron desarrolladas de manera “industrial”, utilizando los mismos materiales, dimensiones y espacios; cuya finalidad era dotar de vivienda a los alemanes desposeídos; mediante una política estatal de la república del Weimar. La construcción de éstas obtuvo críticas, al ser consideradas una expresión “comunista”.
Lo anterior, pudiera parecer paradójico, porque el propio funcionalismo se sirve de la producción en masa (capitalista) de algunos componentes de construcción, tales como puertas, ventanas, cocinas, lavabos, retretes e incluso actualmente muros prefabricados, portones, y techumbres; cuya finalidad es construir lo más rápido y barato posible, para maximizar las utilidades.
En contraposición al funcionalismo, surgió “La ciudad romántica” que no es más que un pensamiento, que privilegia al ser humano (peatón) respecto a las máquinas (autos, industrias). Retomando la idea, de que cada ciudad debe ser diseñada en función del bienestar humano. De aquí, surgen algunas “utopías urbanas” que serán abordadas en próximas columnas.
En conclusión, el urbanismo funcionalista es un concepto que debe ser tomado en cuenta como solución a las problemáticas de escasez de vivienda y el costo de mantenimiento habitacional; cuyo riesgo principal, es deshumanizar a los habitantes de la ciudad.
El derecho a la vivienda digna y decorosa nos asiste a los mexicanos según el artículo 4º de la Constitución; sin embargo es algo muy complejo de alcanzar. Actualmente se proyecta una reforma al artículo 123 Constitucional, mediante la cual se abriría una transformación al INFONAVIT.
Con ella, además de créditos para los trabajadores, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores ampliaría sus facultades y podría asumir proyectos de construcción. Lo anterior, derivado de la demanda social de viviendas asequibles. ¿Serán basados en el funcionalismo? Paradójicamente, yo creo que sí.
Lo positivo será que muchas más familias podrán adquirir una vivienda, y de esa forma gozarán de seguridad patrimonial; lo cual es una gran noticia para los mexicanos. Lo riesgoso es que seguramente serán viviendas sujetas a un proceso industrial; si se construyen unidades habitacionales en masa y sin escrúpulos; se pueden dejar sin “alma”; a las ciudades. Ahí yace la responsabilidad social de los constructores y librepensadores para procurar a la ciudad como sujeto de bienestar y libre desarrollo para sus habitantes.
Eso, al margen de las múltiples observaciones que se pueden hacer en torno a la reforma, tales como la falta de equilibrio entre los sectores, las dificultades de operación de una “empresa filial”, y la complejidad de la “integración” de fondos, por llamarlo así, que le corresponden fielmente a los propios trabajadore.
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