
Ciudad de México.- La Presidenta Claudia Sheinbaum anunció este jueves dos reformas a la Constitución para sancionar con la “pena más severa” a los agentes del Gobierno de Estados Unidos que participen en una invasión a territorio nacional o que lleven a cabo cualquier actividad que viole la soberanía del País.
La Mandataria propuso al Congreso reformar el Artículo 19 de la Carta Magna para imponer también prisión preventiva oficiosa a los elementos de cualquier corporación extranjera que opere en México sin autorización del Gobierno.
El anuncio se realizó en respuesta a la decisión de la Administración de Donald Trump de declarar terroristas a seis cárteles de la droga con presencia en México.
“A cualquier nacional o extranjero, involucrado en la fabricación, distribución, enajenación, traslado internacional al territorio nacional de manera ilícita de armas y a cualquier extranjero que realice actividades al margen de la ley vinculadas con los párrafos segundo y tercero del artículo 40 de esta Constitución, se le impondrá la pena más severa posible así como la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa”, afirmó Sheinbaum.
Sheinbaum también propuso a los legisladores modificar el artículo 40 de la Constitución, para establecer que México no aceptará subordinación, injerencismo ni invasiones.
“El pueblo de México, bajo ninguna circunstancia, aceptará intervenciones, intromisiones o cualquier otro acto desde el extranjero, que sea lesivo de la integridad, independencia y soberanía de la nación”.
“Tales como golpes de estado, injerencia en elecciones o la violación del territorio mexicano, sea esta por tierra, agua, mar o espacio aéreo”.
“Segundo párrafo, o tercer párrafo del 40: tampoco consentirá intervención en investigación y persecución alguna sin la autorización y colaboración expresa del Estado mexicano en el marco de las leyes aplicables”, leyó la Presidenta.
Las propuestas de reformas al artículo 40:
“El pueblo de México, bajo ninguna circunstancia, aceptará intervenciones, intromisiones o cualquier otro acto desde el extranjero, que sea lesivo de la integridad, independencia y soberanía de la nación”.
“Tales como golpes de estado, injerencia en elecciones o la violación del territorio mexicano, sea esta por tierra, agua, mar o espacio aéreo”.
“Segundo párrafo, o tercer párrafo del 40: tampoco consentirá intervención en investigación y persecución alguna sin la autorización y colaboración expresa del Estado mexicano en el marco de las leyes aplicables”.
Al artículo 19:
“A cualquier nacional o extranjero, involucrado en la fabricación, distribución, enajenación, traslado internacional al territorio nacional de manera ilícita de armas y a cualquier extranjero que realice actividades al margen de la ley vinculadas con los párrafos segundo y tercero del artículo 40 de esta Constitución, se le impondrá la pena más severa posible así como la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa”. (AGENCIA REFORMA)


