No alcanza el 3 por ciento de la votación mínima requerida que establece la ley para tal efecto
La petición del Partido de la Revolución Democrática (PRD) para conformarse como partido político local en el Estado de Coahuila, fue declarada como improcedente dado que esa organización política no logró alcanzar el porcentaje de la votación mínima requerida durante el Proceso Electoral Local Ordinario que tuvo lugar el pasado 2 de junio.
Lo anterior fue dado a conocer durante la sesión ordinaria del Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila (IEC) celebrada este lunes, por la consejera presidenta de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos de ese organismo, Leticia Bravo Ostos.
Al presentar el proyecto de acuerdo mediante el cual se informó sobre dicha resolución, la funcionaria recordó que el pasado 2 de junio, tras llevarse a cabo la jornada electoral federal y local, derivado de los cómputos electorales respectivos el INE determinó mediante un dictamen la pérdida del registro del Partido de la Revolución Democrática.
Mencionó que el pasado 26 de septiembre, el representante suplente del partido presentó ante el Consejo General del IEC la solicitud de registro para constituirse como partido político local en el estado de Coahuila.
Posteriormente el 15 de octubre, el IEC resolvió mediante acuerdo seguir con el procedimiento establecido en los lineamientos para el ejercicio del derecho que tienen los otrora partidos políticos nacionales de optar por el registro como partido político local establecido en la Ley General de Partidos Políticos.
Agregó que el 19 de diciembre, tras informar el Tribunal Electoral al IEC sobre la conclusión del proceso electoral local, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos requirió al PRD la documentación para efectuar dicho proceso, misma que fue presentada en tiempo y forma, no obstante, al obtener solamente el PRD el 2.38 por ciento de la votación válida emitida en el Proceso Electoral Local Ordinario, no fue procedente la solicitud, dado que la ley establece el 3 por ciento como porcentaje mínimo requerido.
“Con lo anterior queda de manifiesto que el PRD no cumple con dicha disposición al no haber obtenido el umbral mínimo requerido del 3 por ciento de la votación válida emitida para constituirse como partido político local. Por tanto, la propuesta de la Comisión es declarar improcedente la solicitud de registro”, puntualizó Bravo Ostos. (ÁNGEL AGUILAR)
Autor
- Reportero de El Heraldo de Saltillo con reconocida trayectoria en radio y prensa escrita en el estado de Coahuila.
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