Niega Corte que se enseñe que vida inicia con concepción

 

(Agencia Reforma)

Ciudad de México.-La Suprema Corte de Justicia estableció hoy que es inconstitucional enseñar en las escuelas el respeto a la vida desde la concepción.

Por unanimidad, el Pleno de la Corte anuló una reforma de julio de 2020 a la Ley de Educación de Nuevo León, por la cual se estableció como uno de sus fines «desarrollar actitudes solidarias en los individuos para crear conciencia sobre el respeto a la vida, desde la concepción hasta la muerte natural».

La Corte determinó que la referencia al inicio de la vida desde la concepción es un acto de «adoctrinamiento religioso», contrario al principio Constitucional de educación laica y libertad de creencia.

Además, que el Congreso estatal invadió las facultades del Gobierno federal para determinar planes de estudio, y del Congreso de la Unión para hacer definiciones sobre derechos humanos.

Estos argumentos fueron sostenidos por diversos Ministros y Ministras, es decir, no hubo unanimidad sobre las razones para la invalidez, pues algunos rechazaron entrar a los temas de laicidad o adoctrinamiento.

«La definición de la vida desde la concepción hasta la muerte natural no es un mensaje neutral, busca imponer una ideología particular», afirmó el Ministro Javier Láynez, quien presentó el proyecto.

«Este mensaje tiene la pretensión de adoctrinar a niños, niñas y adolescentes en una única concepción de vida, con miras a evitar o inhibir que tomen decisiones libres sobre su cuerpo y su salud sexual y reproductiva», agregó.

Afirmó que la Corte ya ha indicado que los estados no pueden definir la noción de persona o de cuándo empieza la vida, pero lo ha hecho en sentencias relacionadas con reformas a Constituciones estatales que buscaban limitar el derecho al aborto.

Este es el primer caso en el que se abordó el tema desde el punto de vista de la educación. La reforma de Nuevo León fue aprobada durante el Gobierno de Jaime Rodríguez Calderón «El Bronco».

Luis María Aguilar rechazó que toda forma de adoctrinamiento sea negativa o se deba rechazar, por lo que consideró que la afectación no es al principio de educación laica, sino a los derechos sexuales y reproductivos de la mujer ya reconocidos por la Corte.

«La norma genera un efecto disuasivo en la niñez, de modo tal que no es solo una cuestión teórica o de educación», dijo, pues se pretende generar un concepto universal sobre el principio de la protección de la vida humana.

Juan Luis González Alcántara detalló que los congresos locales no pueden alterar los principios rectores y objetivos de la educación inicial, así como los planes y programas de estudio de educación básica, que solo puede fijar la SEP federal.

Para Alberto Pérez Dayán y Jorge Pardo, la incompetencia del Congreso local es para definir conceptos sobre derechos humanos, como el inicio de la vida.

Otro argumento, de Loretta Ortiz, fue que legislar una sola concepción sobre el inicio de la vida impide a los estudiantes acceder a información objetiva que les permita formar sus convicciones. (AGENCIA REFORMA)