La prohibición de albures
En esta ocasión te platico de una prohibición que hiciera la autoridad de la Villa de Santiago del Saltillo. Pero no vaya a creer, estimada y estimado Saltillense, que le hablaré de la prohibición del pilón, de la cual ya le he platicado. Ahora le platicaré de la prohibición y las sanciones sobre los juegos de azar.
Era el año de 1805, de hecho, día séptimo de enero, cuando ya se tenía una medida para sancionar a todo aquel Saltillense o visitante que estuviera jugando esos juegos llamados de albures y no precisamente de dimes, diretes, indirectas o uso coscolino y habilidoso del idioma español, sino de aquellos juegos como dados, naipes, cartas y demás sobre el azar.
Todo aquel que fuera sorprendido jugando, valga la redundancia “juegos de azar”, sería sancionado con una multa de entre los 50 y 100 pesos. Para aquellos que fueran sorprendidos por segunda ocasión, la sanción sería de un destierro, sí señor, a quien reincida jugando albures, sería corrido de nuestra hermosa ciudad de Saltillo a una distancia mínima de 10 leguas, es decir 48.28 kilómetros para ser exactos, por un periodo de 6 meses a 5 años.
Imagínese el castigo tan doloroso que debería de ser, no el pago de la multa, sino ser desterrado de nuestra hermosa ciudad de Saltillo por tanto tiempo. Si yo por una semana que me voy la extraño.
Las prohibiciones han existido desde Adán y Eva, las prohibiciones han sido algunas justas, otras injustas y algunas más hasta parecieran graciosas, pero ésta, aunque en aquellos tiempos era necesaria, su castigo era totalmente exagerado e injusto.





