La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un nuevo revés al presidente Andrés Manuel López Obrador al invalidar por mayoría de 8 votos la parte del decreto que declaró las obras prioritarias, como el Tren Maya o la Refinería de Dos Bocas, como de seguridad nacional.
En la sesión de este jueves, el pleno de la SCJN determinó que el acuerdo vigente desde 2021 afecta al derecho a la información e interfiere en las facultades de actuación del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).
“Claro que afecta el sistema, claro que afecta la facultad reglamentaria del órgano (iNAI) y a sus facultades, que mediante un acuerdo se instruya de manera obligatoria a todas las secretarías a que todo eso en lo que no he mencionado, el objeto tiene que ser forzosamente la reserva, forzosamente porque están obligados por el decreto y si el decreto me dijo resérvalo, pues lo que voy hacer es catalogarlo como de seguridad nacional”, indicó el ministro Javier Laynez Potisek.
La presidenta de la Corte, Norma Lucía Piña, afirmó que la reserva de información tiene un carácter excepcional, con base en los principios de transparencia y máxima publicidad establecidos en el artículo 6 de la Constitución.
“Además la doctrina constitucional que yo he compartido desde hace más de 5 años, ha establecido que la reserva debe hacerse caso por caso, previa prueba de daño y que el sujeto obligado debe realizarlo de manera fundada y motivada”, indicó.
La ministra Piña consideró que el decreto del presidente López Obrador causa una reserva de información anticipada y generalizada, “pues las obras y los proyectos que se catalogan, quedan exentos de la regla general de transparencia y máxima seguridad, sin que les anteceda un análisis caucásico ni la prueba de daño previa”.
Además, coincidió Piña Hernández que el acuerdo también impide que el Inai ejerza su facultad revisora sobre la información.
La ministra agregó que en el “decretazo” se está estableciendo que las obras son de seguridad nacional en abstracto, siendo que la ley dice que en ningún caso se podrá clasificar documentos antes de que se genere la información.
La ministra Margarita Ríos Farjat afirmó que la norma combatida genera un efecto de opacidad y “anula las mejores prácticas en materia de transparencia institucional”: No hay un margen claro de qué hacer, ni para los servidores públicos involucrados ni para la sociedad, ni para la información”. (EL UNIVERSAL)
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