Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró que las corridas de toros y peleas de gallos no deben ser susceptibles de ser consideradas patrimonio cultural inmaterial, ya que cualquier práctica que maltrate, torture y provoque la muerte de animales con fines de entretenimiento no puede ser protegida bajo los derechos culturales.
Sin embargo, no se pronunció sobre si deben ser prohibidos estos eventos, al invalidar el decreto que aprobó el Congreso de Nayarit para declarar a las corridas de toros y peleas de gallos como patrimonio cultural de ese estado.
“Toda interpretación de esta sentencia, en el sentido de que las peleas de gallos o la fiesta taurina resultan contrarias o prohibidas por la Constitución, resultaría claramente errada. Esta sala única y expresamente considera que dichas actividades no son susceptibles de reconocimiento como patrimonio cultural inmaterial, sin hacer algún pronunciamiento que vaya más allá de tal conclusión”, aclaró.
En sesión de ayer, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó por mayoría de votos el amparo a la asociación civil Cuenta Conmigo Tepic, bajo el argumento de que los animales no son cosas al servicio indiscriminado de los seres humanos, sino “especies merecedoras de un trato decente”.
“Esta Sala Constitucional concluye que la fiesta taurina tampoco resulta susceptible de ser reconocida como patrimonio cultural inmaterial, ya que cualquier práctica que suponga el maltrato, la tortura y la muerte de los animales sintientes, atento a meros fines de recreación o entretenimiento humano, no puede considerarse una expresión que pueda ser sujeta de protección especializada y reforzada bajo los derechos culturales, específicamente dentro de la institución de patrimonio por más que en el ámbito administrativo pueda autorizarse su ejecución”.
En su proyecto de resolución, el ministro Alberto Pérez Dayán aseveró que la declaración de patrimonio cultural permitiría que los empresarios consiguieran subsidios para sus actividades.
“Sería contradictorio estimar, bajo el amparo del ‘patrimonio cultural’, que el Estado adoptara una serie de medidas financieras, administrativas y educativas tendientes a preservar y fomentar ciertas costumbres, usos, expresiones, manifestaciones humanas que, aunado a no ser generalmente aceptadas ni compartidas por la comunidad, tiendan al desconocimiento o violación de los derechos”, indicó. (EL UNIVERSAL)
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