La ley federal de revocación de mandato, reglamentaria de la fracción IX del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de revocación de mandato del titular de la Presidencia de la República, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 2021, señala que tiene por objeto regular y garantizar el ejercicio del derecho político de las ciudadanas y los ciudadanos a solicitar, participar, ser consultados y votar respecto a la revocación del mandato de la persona que resultó electa popularmente como titular de la Presidencia de la República, mediante sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.
De acuerdo con esta ley, el proceso de revocación de mandato es el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular de la Presidencia de la República, a partir de la pérdida de la confianza.
El inicio del proceso de revocación de mandato solamente procederá a petición de las personas ciudadanas en un número equivalente, al menos, al tres por ciento de las inscritas en la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos diecisiete entidades federativas y que representen, como mínimo, el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas.
Al Instituto Nacional Electoral (INE) le corresponde verificar el porcentaje establecido en la ley. El Instituto, a través de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir de que reciba la solicitud, verificará que los nombres de quienes hayan suscrito la petición de revocación de mandato aparezcan en la lista nominal de electores y que corresponda a los porcentajes requeridos conforme a lo establecido legalmente.
Una vez que se haya alcanzado el requisito porcentual a que se refiere la ley, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores deberá realizar un ejercicio muestra para corroborar la autenticidad de las firmas de acuerdo a los criterios que defina al respecto la propia Dirección Ejecutiva.
De acuerdo a la misma ley, para la preparación de dicho mecanismo de participación ciudadana el Instituto en estricta observancia a las medidas de racionalidad y presupuesto aprobado en el ejercicio fiscal correspondiente, buscará el máximo aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y financieros.
El Instituto es responsable de la organización, desarrollo y cómputo de la votación de los procesos de revocación de mandato y de llevar a cabo la promoción del voto, en términos de esta Ley y de la Ley General, garantizando la observancia de los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad, paridad y perspectiva de género en el ejercicio de la función de la participación ciudadana.
Si de la revisión del informe se concluye que se cumplieron todos y cada uno de los supuestos previstos en la ley, el Consejo General deberá emitir inmediatamente la Convocatoria correspondiente, en caso contrario deberá desechar la solicitud y archivarla como asunto total y definitivamente concluido.
Hasta ahí lo que manda la ley, hasta ahí el deber ser. En los hechos, el pasado 17 de diciembre, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó por mayoría -seis votos a favor y cinco en contra- como medida extraordinaria, posponer temporalmente la realización de la Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024, ante la insuficiencia presupuestal derivada del recorte aprobado por la Cámara de Diputados al INE para el ejercicio 2022.
“Que quede muy claro: no se trata de una suspensión del proceso o de una negativa a cumplir con las obligaciones constitucionales del INE. Se trata de un acuerdo que busca dotar de certeza plena a este ejercicio inédito de participación ciudadana”, estableció el consejero presidente, Lorenzo Córdova Vianello.
Precisó que, independientemente de ello, el INE seguirá avanzando en la revisión de los millones de firmas de apoyo que están llegando, ya sea vía la aplicación (APP) o en formatos físicos.
“Esta revisión nos dará certeza sobre la convocatoria que deberá emitir el INE y el inicio formal del proceso de Revocación de Mandato, y será entonces cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación esté en condiciones de resolver el fondo de esta controversia”.
El presidente del INE explicó que hay salidas viables para la realización del ejercicio: la Cámara de Diputados podría, porque esa es una facultad que se desprende del artículo 74 constitucional, de manera permanente, modificar o ajustar el Presupuesto de Egresos o el Presidente de la República, con una instrucción presidencial, podría instruir a la Secretaría de Hacienda que genere al INE las ministraciones necesarias.
“Si realmente se quiere la Revocación de Mandato se los digo con mucha franqueza: salidas hay, el acuerdo que el INE plantea aprobar es un acuerdo que deja abiertas las probabilidades y que pone sobre la mesa posibilidades para que, si realmente hay voluntad de que la Revocación de Mandato sea una realidad, ésta se lleve a cabo”.
“Si se juntan el 3% y la ciudadanía quiere este ejercicio, si eso es así, el INE también quiere realizar la Revocación de Mandato, pero quiere hacerlo conforme a la ley y para eso las condiciones en las que se nos han colocado, nos colocan en una imposibilidad”.
Ante tal postura, el presidente Andrés Manuel López Obrador ha declarado que todavía queda la instancia del Tribunal Electoral y luego la Corte, que ya de manera provisional ha resuelto que debe de llevarse a cabo la consulta para la revocación del mandato.
“Eso yo creo que es lo más importante, que el Poder Judicial, en este caso la Corte, haya decidido que debe de celebrarse la consulta; lo demás no deja de ser secundario: si tienen dinero o no tienen dinero, si van a poner suficientes casillas o pocas casillas. Aquí el tema de fondo es que se va a establecer el precedente histórico, lo quieran o no lo quieran, de que el pueblo va a ejercer su derecho a la revocación del mandato. El pueblo, que es soberano, pone y quita.
Y había la mala costumbre de quedarnos sólo en la democracia representativa y muy conchudamente, apenas estaban eligiendo al gobernante y ya se sentía intocable, aunque cometiera actos autoritarios de corrupción había que aguantarlo seis años, dañando al país, dañando a pueblo.
Ahora nadie se va a poder sentir absoluto. Y ojalá y esto se aplique en todos los niveles para que nadie se sienta absoluto en ningún nivel de la escala y que siempre el pueblo tenga las riendas del poder en sus manos. ¿Te portaste bien? Te apoyamos para que sigas. ¿Te portas mal? Para afuera.
Es muy importante el precedente histórico.
Deberían de estar promoviendo los del INE este método democrático, la democracia participativa, porque la democracia no se agota nada más en el día de la elección constitucional, es una forma de vida”.
Y en su estilo personal de comunicar señaló: “Ya son chicanadas, son tácticas dilatorias parecen abogados huizacheros, pero el fondo ya está resuelto, que era lo que nos importaba.
Y fíjense, ahora sí que como diría el finado Juan Gabriel, las vueltas que da la vida. Los partidos opositores, incluidos los que están de consejeros, antes hablaban de la democracia participativa, de la consulta, del referéndum, del plebiscito, de la revocación del mandato y de repente cambian por completo, porque no son auténticos demócratas, fingen ser demócratas”.
Definitivamente hay temas muy rescatables en la presente discusión, sobretodo si despiertan el interés del pueblo, por ejemplo el hecho que trascienda la inquietud por la democracia participativa, una forma de democracia en la que los ciudadanos tienen una mayor participación en la toma de las decisiones políticas que les otorga tradicionalmente la democracia representativa.
Puede definirse con mayor precisión como un modelo político que facilita a la ciudadanía su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo que puedan ejercer una influencia directa en las decisiones públicas.
Esta se puede instrumentar por medio de una diversidad de mecanismos, como presupuestos participativos, consejos vecinales o comunales o consultas populares.
La participación que se desarrolla por diversos medios en muchas democracias modernas está comenzando a consolidarse dentro del ámbito de la democracia representativa como una nueva manera de hacer las cosas. La participación no ha de limitarse, sin embargo, a que las autoridades locales y otros organismos públicos informen a la población de sus actividades y decisiones o inviten a los ciudadanos a presenciar sus debates, sino que implica escuchar a la población en la formulación de sus propios problemas y en la búsqueda de oportunidades y mejoras.
La gran conclusión es que el verdadero cambio solo se produce con la participación de todos, por que el verdadero cambio afecta a todos. Por lo que sí se hace necesario que el gobierno de López Obrador articule un nuevo acuerdo social para la participación ciudadana que reafirme el compromiso ineludible de convertir al Estado mexicano en una entidad abierta a los ciudadanos. Un gran paso es dotar al pueblo de instrumentos de participación que le faciliten su actuación en la vida pública del país.
José Vega Bautista
@Pepevegasicilia
josevega@nuestrarevista.com.mx
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