El Servicio de Administración Tributaria (SAT), está contemplando para el año 2022, incluir vía reforma al Código Penal, en el catálogo de delitos y de penas, sentencias punitivas que vayan de 3 a 8 años de prisión, para todo aquel empresario o “seudoempresario”, adscrito a la cadena de distribución de hidrocarburos y petrolíferos, que no cuenten con controles volumétricos para medir entradas y salidas de combustibles, y de 6 a 12 años para quienes vendan producto de procedencia ilícita.
Alain Duthoy, socio de la firma Lexoil Consulting, declaró a Grupo Reforma en su entrega del 22 de noviembre, que para los comercializadores la obligación es imposible de cumplir, pues la mayoría no cuenta con infraestructura, sino que recurre a transportistas y empresas de almacenamiento.
Sin embargo. fue el propio director de “Petrointelligence”, Alejandro Montúffar, quien declaró que si bien la medida ayudará a detectar cuando alguna empresa esté vendiendo producto ilegal, los involucrados consideran excesiva la privación de la libertad.
Cabe destacar que, no sólo por lo dicho por especialistas sino hasta por sentido común, lo que los concesionarios de servicio y los piperos gasten para cumplir con la nueva disposición, serán traspasados a los consumidores finales e indiscutiblemente subirá el precio del combustible. (CON INFORMACIÓN DE GRUPO REFORMA)
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