Con el objetivo de ampliar los instrumentos jurídicos para la solución de los conflictos ambientales, con posibilidades jurídicas y procesales que eran inexistentes en el sistema jurídico del Estado, fue aprobada la Ley de Responsabilidad Ambiental.
María Teresa Cepeda, Directora Jurídica de la Secretaría de Medio Ambiente del Estado (SMA), comenta que dicha ley permite regular en la entidad la responsabilidad ambiental que nace de los daños ocasionados al ambiente, la prevención, reparación y compensación de dichos daños cuando éstos sean exigibles mediante procesos jurisdiccionales locales y mecanismos alternativos de solución de controversias, los procedimientos administrativos y aquellos que correspondan a la comisión de delitos contra el medio ambiente.
La nueva Ley de Responsabilidad Ambiental establece un sistema eficaz por medio del que podrá exigirse la reparación derivada de daños ocasionados al medio ambiente mediante un procedimiento jurisdiccional ante los Juzgados de Primera Instancia en Materia Civil del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Cualquier persona física o moral que se considere afectada, ante la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Coahuila y los Municipios podrán reclamar judicialmente la reparación por daño ambiental.
Derivado de los instrumentos internacionales en los que México es parte, como es el caso de la Declaración de Río en 1992, nuestro país se comprometió a desarrollar y aplicar su legislación interna tanto en el ámbito federal como en el de las entidades federativas en materia de responsabilidad ambiental, derivada de los daños ocasionados al medio ambiente.
Cumpliendo con ese objetivo, en el ámbito federal se publicó el 7 de junio del 2013 en el Diario Oficial de la Federación La Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, así como una serie de reformas a leyes ambientales para materializar este nuevo esquema legal de responsabilidad.
Sin embargo, el compromiso de actuar para diseñar mecanismos de reparación derivado del daño ambiental es también de las entidades federativas.
Actualmente existe un vacío legal en cuanto a la regulación de la responsabilidad ambiental dentro de las entidades federativas, situación que justifica la puesta en marcha de nuestro propio ordenamiento en la materia. (EL HERALDO)
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