El ‘plan B’ de AMLO para enjuiciar a expresidentes de México

Foto: Presidencia

Ciudad de México.- El presidente Andrés Manuel López Obrador anunció este miércoles que enviarán una iniciativa de reforma al artículo 35 de la Constitución si la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determina que su propuesta de consulta para juzgar a expresidentes es anticonstitucional.

«Yo tengo la responsabilidad de buscar que en México, porque fue mi compromiso, se lleve a cabo la consulta ciudadana y otros métodos democráticos (…) Y de inmediato estaría enviando una iniciativa de reforma al artículo 35 para que no se cancele esta posibilidad», afirmó.

Nación 321 publicó que el proyecto del ministro Luis María Aguilar señala que el objeto de la propuesta del mandatario es «consultar al pueblo de México si está de acuerdo o no en que las autoridades competentes —Fiscalía General de la República y fiscalías de los estados, Poder Judicial de la Federación y poderes judiciales de los estados, las policías y cualquiera otra que tenga atribuciones— investiguen y, de resultar fundada alguna causa, sancionen penalmente a los expresidentes de México referidos en el escrito de solicitud».

Aguilar consideró después que ese objeto es violatorio a la Constitución porque somete a la voluntad del pueblo decisiones que pueden calificarse como transgresiones.

«La consulta popular no puede tener por objeto —expreso ni implícito— temas que involucren la restricción de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales en los que el Estado mexicano sea parte, así como a las garantías para su protección», apuntó.

El Pleno de la Suprema Corte sesionará el próximo jueves 1 de octubre sobra la constitucionalidad de la propuesta.

¿Qué dice el artículo que buscaría reforma el mandatario?

El artículo en cuestión es precisamente el que tiene que ver con el proceso de las consultas ciudadanas.

En el numeral tres, que fue reformado en diciembre de 2019, es decir, por la presente legislatura del Congreso de la Unión, se señala que no podrán ser objeto de consulta popular «la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, ni las garantías para su protección». (NACIÓN 321)

Autor

Agencias