La empresa, representada por el despacho de abogados Cano Soto y Asociados, promovió la demanda de amparo indirecto 293/2020 “contra actos del presidente de México y otras autoridades”.
El amparo reclama que no acata el gobierno de Andrés Manuel López Obrador el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, que debe “emitir resoluciones de carácter general relacionadas con las acciones de condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones”, o bien, autorizar el pago a plazo diferido o en parcialidades, publicó en su sitio web el periódico Tiempo.
El amparo indirecto es contra el decreto de López Obrador, porque viola el artículo del Código Fiscal que menciona que deben condonar o dar prórroga de impuestos a las personas que se ven afectadas por el paro de producción de una actividad por epidemias, fenómenos meteorológicos o plagas.
Como el decreto del presidente obliga suspender labores no esenciales durante la pandemia, indica la ley que deben condonar o eximir el pago de impuestos.
El juez, al tomar en cuenta la suspensión de actividades laborales no esenciales y la grave pandemia del Covid-19, decretó la “suspensión de plano del referido acto [decreto del presidente] reclamado”, por lo que llama al Gobierno de México a cumplir con el Código Fiscal y dictar medidas para cumplirlo.
En resumen, esta suspensión improrrogable dada por el amparo, ordena al Gobierno rendir un informe por no cumplir con el Código Fiscal sobre la condonación de impuestos, lo que puede derivar en que sea obligado el Gobierno a futuro a dar esos beneficios a las empresas. (TIEMPO)
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