Empresas podrán privilegiar “trabajo en casa” por contingencia

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Por disposiciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social Federal, empresas de la localidad están realizando protocolos de protección ante el posible contagio de coronavirus en sus instalaciones de producción, que incluyen privilegiar el trabajo en casa cuando esto sea posible.

Desde el inicio de la contingencia, la dependencia federal publicó un boletín oficial para que las empresas asuman las medidas preventivas, denominado “Boletín Informativo STPS Nuevo Coronavirus covid-19 Orientación para Empleadores y Trabajadores”.

La Confederación Patronal Mexicana, compartió la información a sus agremiados, que de manera puntual señala los potenciales de riesgo de acuerdo al tipo de labor que desarrollen los trabajadores, que va del alto, al mediano y bajo, así como las medidas generales y específicas a adoptarse en cualquier caso.

Entre las medidas están: diseñar controles administrativos para modificar horarios de trabajo y las tareas de los trabajadores de manera que reduzcan su exposición a los riesgos laborales; políticas laborales que alienten a los trabajadores enfermos a quedarse en casa sin temor a represalias y suspender los viajes no esenciales a lugares con alta circulación de covid-19.

También se exhorta a minimizar el contacto, cara a cara, entre los trabajadores, a través del uso extendido de correo electrónico, sitios web y videoconferencias; facilitar el trabajo a distancia o los horarios de trabajo flexibles para reducir la cantidad de trabajadores que deben estar en un momento o en un lugar específico.

Además, promover la entrega a domicilio de bienes y servicios para reducir la cantidad de clientes que deben salir al punto de venta, establecer planes de comunicación de emergencia; mantener un espacio de comunicación para responder a las preocupaciones de los trabajadores, y preferir las comunicaciones por Internet, siempre que sea factible.

La STyPS también sugiere mantener un registro de ausencias por gripe o covid-19 por área de la empresa; notificar a las autoridades cuando se dé un aumento inusual de enfermos o de incapacidades al médico de salud en el trabajo; desarrollar diversas estrategias para minimizar los contactos entre trabajadores y clientes y dotar de equipo de protección personal (EPP) ya que éste es necesario para garantizar la seguridad de los trabajadores mientras realizan sus labores.

Especifica además que entre las labores de alto riesgo están aquellas que se vinculan directamente con la atención a los enfermos, como las de médicos que asistan en las plantas o de centros hospitalarios en sí; los lugares de trabajo con riesgo medio son aquellos en los que se requiere un contacto cercano frecuente entre empleados o con el público en general (como las tiendas, las escuelas o las guarderías) y los de riesgo bajo aquéllos donde no se requiere que los empleados tengan contacto con el público en general.

En este último punto, se ejemplifica que en lo correspondiente  a labores vinculadas con servicios de alto riesgo, la persona deberá utilizar cubrebocas N95, protectores faciales, lentes y guantes desechables.

“Es muy importante que el EPP sea seleccionado en función del peligro de contagio por las labores que desempeña el trabajador, usado adecuadamente y reemplazado periódicamente de acuerdo con las instrucciones del fabricante, retirado y eliminado correctamente para evitar la contaminación de personas y del medio ambiente”, expone el boletín.

Incluso destaca que, si es reutilizable, se debe retirar, limpiar, desinfectar y almacenar adecuadamente.

Cabe mencionar que adicionalmente, algunas empresas están restringiendo las visitas al interior de sus plantas. (ESMERALDA SÁNCHEZ | INFONOR)