En los autos del expediente numero 679/2017, relativo al JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por IGNACIO PUMAREJO GONZÁLEZ Y JORGE LÓPEZ DURAZNO, en su carácter de Apoderados Legales de la persona moral ARYSTA LIFESCIENCE MÉXICO, S.A. DE C.V., en contra de EDUARDO ÁVILA SÁNCHEZ; el C. Juez Segundo de Primera Instancia en Materia Mercantil del Distrito Judicial de Saltillo, Coahuila; Licenciado REYNARIO PADILLA VALDEZ, con fundamento en los artículos 469 y 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio del de Comercio, dicto un auto que en su parte conducente dice: se señalan las DOCE HORAS DEL DÍA DOS DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA sobre los derechos que le corresponden a la parte demandada EDUARDO AVILA SANCHEZ del siguiente bien inmueble: INMUEBLE IDENTIFICADO CON EL NÚMERO 7115, UBICADO EN LA PRIVADA INDEPENDENCIA, MANZANA 9, LOTE 7, DE LA COLONIA ALIANZA, DEL MUNICIPIO DE VALLE HERMOSO, TAMAULIPAS, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 450 METROS CUADRADOS Y QUE MIDE AL NORTE 20 METROS Y COLINDA CON LOTE 4, MIDE AL SUR 20 METROS Y COLINDA CON PRIVADA INDEPENDENCIA, MIDE AL ESTE 22.50 METROS Y COLINDA CON LOTE 6, Y MIDE AL OESTE 22.50 METROS Y COLINDA CON LOTE 8, INSCRITO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD, BAJO EL NUMERO 127,677, LEGAJO 2,554, SECCIÓN PRIMERA, DE FECHA TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS. Inmueble valuado por el perito de la parte actora en la cantidad de $1,477,180.21 (UN MILLON CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO OCHENTA PESOS 21/100 M.N.), sin embargo y tomando en cuenta que es objeto del remate únicamente el cincuenta por ciento del mencionado inmueble que en propiedad le corresponde al demandado en el presente juicio, sirve como base para la audiencia de remate la cantidad de $738,590.10 (SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA PESOS 10/100 M.N), siendo postura legal, aquéllas que cubran las dos terceras partes de dicha cantidad. Al efecto, con fundamento en el artículo 1411 del Código de Comercio, convóquese postores por medio de edictos que se publicaran para el bien inmueble DOS VECES en un periódico de circulación amplia en el Estado, a fin de que concurran al remate respectivo, debiendo exhibir el certificado de depósito a que se refiere el artículo 482 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio del de Comercio. En la inteligencia que entre la primera y la segunda publicación, deberá mediar un lapso de NUEVE DÍAS, toda vez que se trata de bienes raíces. Asimismo, entre la última publicación y la fecha de remate, deberá mediar un plazo no menor de cinco días.– NOTIFÍQUESE.- Así, lo acordó y firma el Licenciado REYNARIO PADILLA VALDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia en Materia Mercantil del Distrito Judicial de Saltillo, ante el Licenciado RAMIRO EMMANUEL GARCIA GAMEZ, Secretario de Acuerdo y Trámite que autoriza y da fe.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
SALTILLO, COAHUILA, A 24 DE OCTUBRE DEL 2019.
LIC. RAMIRO EMMANUEL GARCIA GAMEZ
SECRETARIO DE ACUERDO Y TRÁMITE ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO.
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