La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) abrió la convocatoria de reclutamiento para los interesados e interesadas en formar parte del Ejército Mexicano.
“El recurso humano es el pilar fundamental para cumplir con las misiones conferidas a la Secretaría de la Defensa Nacional”, indicó la institución encabezada por Luis Cresencio Sandoval.
Los requisitos son:
Ser mexicano o mexicana por nacimiento y no haber adquirido otra nacionalidad;
Ser soltero o soltera y no vivir en concubinato;
Tener dieciocho años cumplidos y no ser mayor de treinta.
El personal técnico o especialista no podrá ser mayor de treinta y dos años, salvo que las necesidades del servicio lo justifiquen y previa autorización de la Secretaría de la Defensa Nacional, se podrá dar de alta a mayores de esta edad.
Contar con Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional, tratándose de personal masculino mayor de dieciocho años.
Contar con los documentos originales siguientes:
Copia certificada del Acta de Nacimiento o copia certificada de dicho documento, tomada del libro donde se asentó su nacimiento, cuya expedición no sea mayor de tres meses.
Clave Única de Registro de Población (CURP).
Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, y Certificado de Educación Secundaria.
Acreditar buena conducta mediante constancia de no antecedentes penales o con constancia expedida por la autoridad municipal o delegacional.
Tener los conocimientos inherentes a su especialidad, tratándose de personal auxiliar especialista, y acreditarlos mediante Diploma, Certificado, Título y Cédula Profesional o Acta de Examen elaborada por el Organismo donde desea causar alta.
Estar sano y apto clínica y psicológicamente para el servicio de las armas, lo que se acreditará mediante el certificado médico expedido por el Escalón Sanitario correspondiente.
Tener una braza que sea proporcional a la estatura mínima siguiente:
Personal masculino en Unidades, Dependencias e Instalaciones, 1.63 metros.
Personal en la Escuela Militar de Aviación 1.65 metros, y Personal femenino en Unidades, Dependencias e Instalaciones, 1.60 metros.
Suscribir el Contrato de Enganche.
Los aspirantes a causar alta en los Cuerpos Especiales a que se refiere el artículo 102 de la Ley Orgánica del Ejército y fuerza Aérea Mexicanos, además de los requisitos anteriores, deberán acreditar las pruebas físicas de la especialidad, que determine la Secretaría de la Defensa Nacional.
Los aspirantes que presenten tatuajes podrán ingresar al Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, siempre y cuando:
No se encuentren en lugares visibles con el uso de uniforme.
Tenga una dimensión máxima de 10 x 10 centímetros.
Las imágenes no sean ofensivas a la moral o hagan apología del delito, y en caso de que tengan más de un tatuaje, estos no sean mayor del 10 por ciento de la superficie corporal. (EL HERALDO DE MÉXICO)
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