Inconstitucional
Aunque la presidenta del Tribunal Superior de Justicia en Coahuila, Miriam Cárdenas Cantú, está próxima a jubilarse, y se espera que por octubre próximo realice dicho trámite, el Poder Judicial y sus acciones se caen a pedazos.
Hay que decir que lucha jurídica que enfrenta con la jueza Carlota Velázquez de Luna – recientemente suspendida por presuntos actos de corrupción-, agilizó la salida de la Magistrada que, al ser un nombramiento heredado, dicen, no ha encajado muy bien con el nuevo gobierno estatal.
Otro negrito en el arroz para la funcionaria se presentó hace poco más de una semana cuando la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Coahuila resolvió que el cobro por concepto de copias simples y certificadas que, por instrucción de la presidenta se hace en el Poder Judicial y se incrementó al triple, es ilegal.
A través de la recomendación 44/2019 dirigida al Poder Judicial, la Comisión establece la “violación al derecho a la legalidad y a la seguridad jurídica en su modalidad de falta de fundamentos y motivación legal”, por lo que exhorta al Tribunal a acatar el cobro adecuado por concepto de copias.
Y es que, durante un año, conforme a los registros de Oficialía Mayor, se expiden aproximadamente 9 millones de copias y se obtiene poco más de 2 millones de pesos como recuperación por el cobro de un peso en su mayoría. Se estima que son más de 3 millones de pesos los que recauda el Poder Judicial por dicho concepto, sin considerar que a partir de este año se cobran 61 pesos por la consulta de expedientes.
Aunque Cárdenas Cantú ha intentado defenderse de la demanda de los litigantes que se ven afectados al igual que sus clientes que finalmente son quienes tiene que pagar los incrementos, el organismo garante de los derechos humanos ya se ha pronunciado y mostrado su imparcialidad en el caso.
La recomendación deriva de hechos en los que el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial omitió fundar y motivar conforme a la ley, el acuerdo mediante el cual aumentaron el costo del servicio que se presta para la expedición de copias de los expedientes judiciales, esto al haber determinado en un acuerdo el pago de un derecho por la expedición de copias cuando no está fijado en ley que lo autorizara lo que constituye violación a derechos humanos.
Ante esta situación se pidió al Poder Judicial se promuevan las reformas a las normas jurídicas correspondientes a efecto de eliminar el costo de las copias certificadas que expide el Poder Judicial del Estado por ser parte de las obligaciones del Secretario de Acuerdos, contenida en el artículo 50, fracción VI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Por último, piden que se repare el daño patrimonial generado como consecuencia de las violaciones a derechos humanos por haber recaudado ingresos por concepto de contribuciones que no tenían sustento en la ley.
¿Acatará Miriam Cárdenas la recomendación de la CDHEC? Al final su jubilación le garantiza el ingreso de una millonaria liquidación y pensión vitalicia con el 100 por ciento de su salario. Eso sí, se iría con un mal juicio social.
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