La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los funcionarios públicos no pueden bloquear el acceso a sus cuentas de Twitter a cualquier usuario que resulte incómodo.
De manera unánime, la Segunda Sala consideró que dicha red social es un canal de comunicación entre funcionarios y la ciudadanía, según informó el portal web lopezdoriga.com.
Se determinó además que la notoriedad pública no se extingue con la conclusión o separación del cargo del servidor público, pues cuando un ciudadano cruza la línea que lo convierte en persona pública, sus expresiones y actividades seguirán sujetas a un nivel de escrutinio social y a un umbral de protección menor.
Esto derivó de un amparo promovido por el periodista Miguel Ángel León Carmona, quien en octubre de 2017 fue bloqueado en dicha red social por Jorge Winckler Ortiz, fiscal General de Veracruz.
Esta determinación obliga al funcionario veracruzano desbloquear en Twitter al comunicador, para que este tenga acceso a la información pública.
En caso de que Winckler Ortiz no acate la orden, el juez de distrito podrá tomar las medidas necesarias para el cumplimiento.
Dichas medidas contemplan solicitar directamente a un representante de Twitter en México que retire el bloqueo al usuario en cuestión; siempre y cuando el usuario no presente un comportamiento abusivo que justifique de manera legítima la medida de bloqueo. (LOPEZDORIGA.COM)
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