Nueva guía para ser empleador responsable con las trabajadoras del hogar

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A principios de mes, este 5 diciembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es inconstitucional que las trabajadoras del hogar no puedan ser dadas de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social bajo un régimen obligatorio y que sus empleadores no estén obligados a inscribirlas.

«Dejar fuera el trabajo doméstico del régimen obligatorio del IMSS afecta de manera desproporcionada a la mujer, pues estadísticamente la labor del hogar es realizada preponderantemente por ellas (nueve de cada diez empleados del hogar son mujeres, según el Inegi)», informó la Corte en un comunicado, que concluyó que el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán comprobó que las actuales Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social incurren en un acto de discriminación.

Con ese fallo, la inscripción de una trabajadora del hogar al Seguro Social ya no dependerá de la buena voluntad del empleador, sino que será obligatoria; este cambio busca acabar con las extensas jornadas, peligrosas o humillantes condiciones de trabajo y bajos salarios, entre otras malas prácticas, que tradicionalmente sufre este lector laboral.

El sitio web de The HuffPost México publicó una entrevista con una especialista en el tema, la investigadora Christian Mendoza del Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir, para saber cómo ser una buena empleadora o empleador, que se apegue a la ley y de un trato digno a las mujeres y hombres que colaboran con la limpieza de una casa.

¿Qué sucede actualmente con las empleadas del hogar en México?

Hoy, los empleadores no pueden –aunque quieran– dar a las trabajadoras del hogar las prestaciones completas que le corresponden, porque la ley no contempla inscribirlas en un régimen obligatorio, solo con un régimen voluntario.

Sabemos de casos de trabajadoras del hogar que fueron inscritas al IMSS porque el empleador es dueño de una empresa y las inscribe como secretaria o como oficinista, pero eso no es lo ideal, ya que la seguridad social de las trabajadoras del hogar queda en la buena voluntad de los empleadores y de sus recursos.

Hoy, no tienen acceso a prestaciones básicas como acceso a guarderías, licenciadas pagadas de maternidad, días pagados por enfermedad y otras muy importantes como créditos para la vivienda.

¿El fallo de la Corte obliga a inscribirlas al Seguro Social de inmediato?

No. La Suprema Corte de Justicia hizo un llamado al IMSS para que haga un programa piloto del seguro obligatorio. Este programa debe contemplar facilidades para que los empleadores cumplan de manera sencilla sus obligaciones, tomando en cuenta que la mayoría son amas de casa o padres de familia.

Año y medio después de que se implemente el programa piloto, el IMSS debe proponer al Congreso una serie de modificaciones legales con base en lo que aprendieron en el programa piloto. Y para 2021 todas las trabajadoras del hogar en México ya deben tener seguridad social.

¿Cómo me preparo para esos cambios?

Un buen primer paso para la mayoría de los empleadores es redactar un contrato en el cual se establezcan los derechos y responsabilidades de ambas partes. Ahí se establecen horarios, actividades, vacaciones, aguinaldo, razones para terminar una relación laboral y un tema que a muchos les preocupa: los sueldos.

La página web Empleojustoencasa.org, que defiende los derechos de las trabajadoras del hogar, hay dos modelos sencillos que pueden servir de guía: un contrato para las trabajadoras de planta y otro para las trabajadoras de entrada por salida.

¿Cómo puedo saber si el sueldo que ofrezco es lo correcto?

En la página anterior hay un tabulador creado por el Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Hogar (SINACTRAHO) que ofrece una guía para un salario digno. La tabla divide a las trabajadoras en cuatro categorías, dependiendo de su especialización.

Por ejemplo, las trabajadoras de la Categoría 1 son aquellas que realizan actividades con conocimientos básicos, como limpieza general o compras de alimentos. Para ellas, el SINACTRAHO propone un salario diario con aumento anual de 262.50 pesos.

Las trabajadoras de la Categoría 4 tienen certificados profesionales, diplomas o poseen una carta de recomendación del trabajo anterior, que las acredita como «expertas en el área a su cargo». Por ejemplo, preparación de alimentos de alta cocina o cuidadora de adultos mayores con reconocimiento oficial. Para ellas, la propuesta es de 577.50 pesos diarios.

¿Puedo inscribir a una trabajadora del hogar bajo de régimen de «seguro voluntario» mientras se hacen las modificaciones legales para el «seguro obligatorio»?

Sí. Todas las personas empleadoras tenemos la obligación de apoyar económicamente a la trabajadora en caso de enfermedad o accidente, en tanto se realicen las modificaciones necesarias para que el IMSS garantice este derecho. El trámite se puede hacer por internet ingresando a la página http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02030a.

¿Cuánto cuesta a un empleador el seguro social voluntario?

Depende de cada empleador y trabajadora del hogar, pero si la trabajadora del hogar gana unos 3 mil pesos al mes, al año el empleador pagaría cerca de 8 mil pesos, aunque puede ser menos. Depende de las condiciones de cada relación laboral.

¿Eso significa que en los próximos años será muy caro contratar a una trabajadora del hogar?

No necesariamente. En el régimen obligatorio, la aportación es tripartita: una parte la pone el Estado, otra el empleador y otra la trabajadora. En la mayoría de los casos, el Estado absorbe el mayor porcentaje.

Ahora que se está diseñando el programa piloto hay que aprender de otras experiencias internacionales para tomar las mejores prácticas. Por ejemplo, hay países donde las familias obtienen reducciones en sus aportaciones si están contratando a una trabajadora del hogar por una situación de vulnerabilidad, como tener una persona con una enfermedad crónica o con una discapacidad; también, hay naciones donde los empleadores tienen deducciones fiscales por pagos anticipados.

El programa piloto debe tomar en cuenta que, en muchos casos, contratar una trabajadora del hogar es una necesidad para las familias mexicanas y no un lujo.

¿Contratar los servicios de una trabajadora del hogar mediante una app me exime del pago de la seguridad social?

Aún no está claro. El programa piloto del IMSS apenas está en una fase de planeación, por lo que todavía es muy pronto para saber cómo estarán reguladas estas plataformas. Lo que sí se sabe es lo que recomiendan muchas de las trabajadoras del hogar: que la relación laboral sea directamente con una familia o empleador, con contrato de por medio, para que sus prestaciones estén garantizadas sin necesidad de intermediarios.

¿Debo contribuir a la seguridad social de una trabajadora del hogar que viene una vez por semana o cada 15 días a mi casa?

Sí. El mecanismo de cómo se hará eso dependerá del programa piloto y en qué experiencias internacionales se inspire. Por ejemplo, en Argentina las trabajadoras del hogar deben registrarse en un padrón, obtienen un folio y con ese número los empleadores hacen su aportación correspondiente al número de días u horas que trabajen al mes.

Si siguiéramos el ejemplo de Argentina –aunque hay muchos más—los empleadores tendrían que entrar una página web con un diseño sencillo y fácil y ahí se haría la estimación y los formatos de pago.

Al final del mes, la trabajadora del hogar recibe aportaciones de sus tres, cuatro, cinco patrones, como lo hace cualquier trabajador que ofrece servicios a tres, cuatro o cinco clientes. (THE HUFINGTON POST)

 

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Agencias