SCJN anula la facultad de congelar cuentas bancarias

La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la facultad de las procuradurías para asegurar cuentas bancarias durante investigaciones, según publicó el periódico El Heraldo de México en su sitio web.

Los ministros resolvieron que para el congelamiento de operaciones financieras, previsto en el artículo 242 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se requiere la orden de un juez.

En la acción de inconstitucionalidad que presentó la CNDH, se señala que este artículo vulnera las garantías de legalidad, seguridad jurídica, debido proceso, audiencia previa, protección de injerencias arbitrarias y derechos de propiedad privada.

Aún están pendientes los efectos de la resolución, y el Ministro Eduardo Medina Mora solicitó que se aclare que con esta decisión no se dejarán sin valor las pruebas ya obtenidas por la autoridad ministerial.

Este tema ya se había discutido en el máximo tribunal del país, ya que recientemente se declaró inconstitucional que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pudiera bloquear las cuentas de personas investigadas por operaciones con recursos de procedencia ilícita. (EL HERALDO DE MÉXICO)

 

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El Heraldo de Saltillo
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