PODER JUDICIAL ¿LA REFORMA ES REALMENTE LO QUE QUEREMOS?

 “La responsabilidad de los intelectuales consiste en decir la verdad y revelar el engaño” -Noam Chomsky

La verdad y el engaño tienen conotaciones morales muy ligadas a si mismas, al menos en cuanto a posturas legales y visiones de estado corresponden. Dada la proximidad de una probable reforma a la estructura del Poder Judicial en México y su integración, es muy importante estudiar el transfondo de la misma y preguntarnos si realmente es lo que queremos, o más allá de eso.

¿La reforma al Poder Judicial es lo que necesitamos como país? Si la respuesta es que sí; los abogados somos los primeros que deberíamos estar impulsando adecuaciones al proyecto, sobre todo con la intención de volverlo más funcional, acequible y real a las necesidades del sistema de impartición de justicia en el país.

Lo anterior, es algo que como gremio debemos ir trabajando y acostumbrándonos a hacer, pues la opinión de los abogados respecto la realidad jurídica del país, muchas veces parece aislada o difuminada en esfuerzos individuales.

Ello nos permite reflexionar la importancia del fortalecimiento de los Foros, Barras, Asociaciones y Colegios de Abogados, cuya oblegatoriedad en México debe ponerse sobre la mesa. Sobre todo, a raiz de la gran cantidad de cédulas profesionales que se expiden año con año para ejercer el derecho.

Deberíamos tomar el ejemplo de los Contadores, que constantemente se mantienen unidos y actualizados en temas de interés profesional, pues su sistema de colegiación se rige por “puntos” que van consiguiendo para obtener certificaciones, lo que a su vez, sirve como garantía de servicio a sus clientes.

Pugnar por la Colegiación obligatoria de Abogados, es además; elevar el estándar ético, técnico y social de la misma. Verbigracia, en la Barra Mexicana de Abogados la obligación de llevar asuntos “pro-bono”.

Phi Delta Phi, es la sociedad internacional-legal de honores más antigua del mundo con 155 años de existencia, misma que por ejemplo, ya tiene presencia en México, y que se encuentra próxima a cumplir 10 años en Saltillo.

Ambas instituciones regulan el actuar de sus miembros, pero quienes se adhieren a ellas, además de cumplir con los estándares de excelencia técnica, moral y en ocasiones solvencia; deben tener la voluntad de autoregularse bajo determinados principios. Todo sería muy distinto, si las obligaciones fueran generales para ejercer la abogacía.

A propósito del contenido de la reforma, que establece la posibilidad de que los jueces, magistrados y ministros sean electos de forma popular; ya se han levantado encuestas; el problema es que quienes opinan en ellas, no necesariamente son técnicos, especialistas o remotamente entienden la dimensión del impacto positivo o negativo que pudiera tener en la forma en que se tutelan nuestros derechos.

Una vez analizado con seriedad el contenido de la reforma,  si la respuesta es que NO es lo que necesitamos como país sencillamente obedece al capricho de modificar las leyes, nomás “porque sí” por el hecho de “quererlo” o “sentirlo mejor”. Por imaginarnos que “el pasto del vecino es más verde”.  Y en ese supuesto, los abogados somos los primeros obligados a señalarlo.

Mucho se puede hablar de la forma de administrar justicia de nuestro vecino, Estados Unidos. Hace 192 años, en 1832, Mississippi se convirtió en el primer estado en adoptar un sistema de elección popular para la obtención de judicaturas, situación que se popularizó para después disminuir en el siglo siglo pasado.

Actualmente 20 estados americanos siguen utilizando elecciones partidistas para seleccionar al menos a algunos de sus jueces de primera instancia, y siete estados (Alabama, Illinois, Luisiana, Nuevo México, Carolina del Norte, Pensilvania y Texas) eligen a sus jueces de apelación y del tribunal supremo mediante elecciones partidistas. Por otro lado, 13 estados siguen seleccionando a los jueces de sus cortes supremas mediante elecciones de carácter no partidistas (Arkansas, Georgia, Idaho, Kentucky, Minnesota, Misisipi, Mon- tana, Nevada, Dakota del Norte, Oregón, Washington, Virginia Occidental y Wisconsin) (Tuskai, 2021).

Lo controversial de un sistema de elección popular en las judicaturas, es precisamente la naturaleza imparcial que deben tener los juzgadores, cuya pulcritud debe ser casi “religiosa”, tal y como lo afirmaba en una obra que hemos citado previamente en este espacio el gran procesalista Calamandrei.

La función judicial es tan solemne, que algunos países aún conservan la costumbre de que los jueces porten una “toga” y utilizan un “mazo” para llevar a cabo la “liturgia procesal”; antes incluso se hacían acompañar por “pelucas” y “guantes”; todo lo anterior, para caracterizar y remacar la idea, de que el juez, para tomar las decisiones debe desprenderse de sus convicciones o cargas personales, para aplicar la ley con la mayor pulcritud e imparcialidad posible.  ¿Es posible que un juez se desprenda de sus vínculos partidistas? ¿De su ideología?

Si pensaramos que la reforma es un capricho, hay una canción de Joaquin Sabina que puede describir esa situación al dictar:  “Y me envenenan los besos que voy dando, y sin embargo cuando duermo sin ti contigo sueño; y con todas si duermes a mi ladoEs decir, esperemos que una vez que se ejecute y que tengamos una nueva realidad jurídica;  no extrañemos y querramos volver a la vieja realidad legal de lo que ya no será (con sus virtudes y defectos).

Podemos afirmar, en la medida de sus dimensiones, que el que existan reformas legales es algo “sano”, o “natural” en la estructura política de toda nación, pues constantemente las sociedades evolucionan y generan nuevas necesidades.

No se trata de descubrir el hilo negro, las reformas o esquemas legales “novedosos”, muchas veces ya han sido aplicadas en otros espacios y tiempos, por ejemplo; en la antigua URSS ya se había visto el fenómeno de candidatos sin partido; y muchos años después, en México, a raiz del caso Castañeda Gutman; se dio un auge del fenómeno electoral de las candidaturas independientes. Mismo que hoy en día pasó de ”moda” y pocas se registran en ese esquema, marcando la egemonía de los partidos como plataformas electorales.

El problema no es que se reforme un sistema, sino que se haga sin la debida disusión y motivación, sin técnica, sin bases académicas. pues a mi criterio ello no debe quedar sujeto a una consulta general, popular o como le quieran llamar; ni tampoco constreñido a la voluntad de unos cuantos.

Quienes conocemos el método para estudiar el derecho, (o al menos lo intentamos) somos los primeros responsables en estudiar el fondo técnico de cualquier norma y su impacto, pues el deber del abogado; es usar sus conocimientos en beneficio de la sociedad.

Máxime aquellos egresados de instituciones públicas, pues debemos partir de la idea, de que en mayor o menor medida fuimos formados para defender la ley; y al pueblo de las injusticias.

El político español Julio Anguita (Izquierda Unida) sostuvo un discurso en 1999: “resignación, porque los pueblos cuando tienen problemas no son rebeldes, el que tiene que comer todos los días, no puede permitirse el lujo de perder por un acto de rebeldía el puesto de trabajo, la rebeldía siempre ha surgido de aquellos que comían todos los días,  de aquí la gran culpabilidad de muchos intelectuales .. que comiendo todos los días… no han sido capaces de decir basta a ésta situación de degradación..”

Idea muy noble, que sirve perfectamente para ilustrar que la responsabilidad de estudiar, analizar y en su caso buscar que se discuta a profundidad cada política pública; es principalmente de aquellos que por fortuna hemos tenido acceso a la educación y estabilidad; más en un campo tan específico y demandante como el jurídico.

En conclusión, si queremos, o no la reforma a cualquier ordenamiento es algo intrasendente; lo preocupante es no medir los alcances de la misma si se vuelve de aplicación maliciosa.  No podemos exigirle a quienes no son abogados, que por si mismos entiendan problemas que inicialmente son de abogados, pero que terminarán cambiando la realidad de todos.

 

Juan Manuel González Zapata, Abogado por la Facultad de Jurisprudencia de la UAdeC. Librepensador.